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¿Eres cliente nuevo?
REGÍSTRATE AQUÍSegún la CNE, la filial de CGE habría obtenido un retorno de 12,2% en 2014, pero TDLC dictaminó en 2015 que esto no tenía validez legal.
Por: Antonio Astudillo M.
Publicado: Miércoles 27 de enero de 2016 a las 04:00 hrs.
La rentabilidad de las empresas distribuidoras de gas por cañería volvió a abrir un frente de conflicto entre el Ministerio de Energía y Metrogas, la principal empresa del sector.
Ayer, el titular de la cartera, Máximo Pacheco, dio a conocer los resultados del estudio realizado por la Comisión Nacional de Energía (CNE), el que determinó que Metrogas fue la única de las cinco firmas que participan en el negocio, que sobrepasó el límite de 11% establecido en la ley para la rentabilidad del negocio, lo que habría provocado un sobrepago de los clientes a la distribuidora.
“Metrogas se ha excedido del máximo de rentabilidad que la ley le permite a las empresas de distribución de gas por cañería (...) los consumidores pagaron más de lo que la ley permite”, dijo Pacheco.
Según el estudio de la CNE, en 2014 la rentabilidad de Metrogas fue de 12,2%, mientras que GasValpo e Intergas tuvieron una de 6,8%, GasSur una de 5,9% y Lipigas una de 4,9%.
En las mediciones de 2013 y 2012, Metrogas había obtenido rentabilidades de 16,9% y 11,4%, respectivamente, ambas por sobre lo establecido en la norma.
A fines de 2014, y producto del chequeo de rentabilidad realizado para los años 2013 y 2012, el gobierno entró en una agria disputa pública con la distribuidora controlada por la catalana Gas Natural Fenosa, que llevó incluso a que el tema fuera visto por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).
Pacheco sostuvo que el gobierno no tenía facultades para obligar a Metrogas a devolver a los consumidores el exceso pagado, por lo cual se envió un proyecto de ley -hoy en trámite legislativo ante el Senado- “para que este tipo de excesos no se volvieran a cometer”.
“Nos parece grave que esta situación se de y es por eso que enviamos el proyecto de ley, el que establece que cualquier empresa que cobre por sobre lo que la ley le permite, inmediatamente va a perder el régimen de libertad tarifaria, y van a ser tarificados sus servicios por parte de la CNE. El ministerio va a tener facultades y atribuciones para instruir a la compañía que se haya excedido a devolver el exceso cobrado en la misma cuenta de gas”, dijo.
Según estimaciones del sector, en 2012 y 2013 los excesos de rentabilidad habrían significado mayores costos por unos US$ 85 millones.
Por su parte, Metrogas rechazó las conclusiones del estudio, señalando que “no ha superado el umbral máximo de rentabilidad”.
“La empresa ha puesto a disposición de la autoridad toda la información requerida, sin embargo, no comparte los criterios usados por la CNE para realizar este estudio. La actual Ley de Servicios de Gas presenta un vacío regulatorio, porque nunca se dictó el Decreto con Fuerza de Ley que establecería las bases para determinar el chequeo de rentabilidad, por lo que los criterios técnicos elegidos por la CNE son discutibles”, dijo Metrogas.
Fallo del TDLC
En marzo del año pasado, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia abrió un arista de discusión respecto de la validez legal del chequeo de rentabilidad a la industria realizado por la CNE, luego que el alcalde de Maipú, Cristián Vittori, presentara una solicitud al organismo para que ordenara al gobierno aplicar la tarificación de los servicios de la compañía, que goza de libertad para cobrar precios.
El TDLC señaló que, debido a los vacíos de la ley, no era posible determinar legalmente la tasa de costo de capital anual aplicable a Metrogas -que según la CNE es de 6%-, ni tampoco “determinar, legalmente en los términos del artículo 33 de la Ley de Gas, la rentabilidad económica de dicha empresa”.
Ley podría estar a mediados de año
En junio o julio, dependiendo de la celeridad de la discusión legislativa, la ley que reforma la actual normativa que regula a la industria de distribución de gas de cañería podría ser despachada por el Senado. Hoy la iniciativa, que tiene urgencia simple, se encuentra en la Comisión de Minería y Energía de la Cámara Alta. El proyecto de ley recorta en tres puntos la tasa de rentabilidad para las empresas, del 11% al 9%, y además establece que en caso que una empresa exceda la tasa de rentabilidad máxima permitida, se activará un proceso de fijación tarifaria para dicha compañía, la cual, además, deberá compensar a sus clientes, devolviendo el monto equivalente al exceso de rentabilidad obtenido. Asimismo, el proyecto cambia la clasificación de los clientes por giro y uso del gas en Cliente o Consumidor Residencial, Comercial -ambos con tarifa garantizada- e Industrial -con derecho a optar a un régimen de precio libre. El proyecto contempla, por primera vez, que será el Panel de Expertos quien resuelva las controversias en materias tarifarias y de chequeo de rentabilidad.
Este martes se realizará una junta de acreedores para elegir a una firma para mandatar la venta. Hasta fines de la semana pasada, Landmark Alantra habría presentado la única oferta.
Según estimaciones de la compañía, el modelo genera además ahorros en costos de construcción cercanos a 30% por metro cuadrado respecto del esquema tradicional. El proyecto clínico tiene un costo de $ 556 millones.
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Por 25 votos contra 22, la Sala aprobó una indicación que establece que los menores de dos años serán los titulares del derecho. El ministro del Trabajo, Tomás Rau, defendió que este corresponde a la persona trabajadora y, tras la votación, formuló reserva de constitucionalidad.
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