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REGÍSTRATE AQUÍLa acción podría derivar en una solicitud de paralización de los trabajos de este proyecto estructural de la minera estatal.
Por: Hernán Vargas S.
Publicado: Martes 16 de febrero de 2016 a las 04:00 hrs.
A las complejidades propias de la ejecución de un mega proyecto como es la transición de Chuquicamata de rajo abierto a subterránea, Codelco deberá sumar una arista legal.
El ex presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami) y de la Corporación de la Producción y el Comercio (CPC), Manuel Feliú, interpuso una demanda en contra la estatal, que podría derivar en la paralización de los trabajos.
La acción, de la que también es parte Rodis Granic, dice relación a la pertenencia San Críspulo, de una hectárea de extensión, ubicada en la mina Chuquicamata. Este terreno es la única propiedad de la minera del mismo nombre, sociedad controlada por la estatal y en la que participan privados, como Feliú y Granis, que poseen 8,33% de las acciones.
En la demanda, señalan que San Críspulo está dentro de los límites del yacimiento nortino, pero “paradójicamente su titular, la sociedad legal minera que integran mis representados, no ha podido explotarla, ni arrancar mineral alguno de sus entrañas ni, tampoco, ha percibido precio alguno por la venta de dicho mineral ¡durante más de 40 años a la fecha!, en razón de que la demandada Codelco Chile ha invocado en su exclusivo provecho el derecho que le otorga un acuerdo de accionistas de la sociedad”.
El reclamo se apoya también en cartas donde la estatal explica que por la baja ley (0,2%) de esa zona no estaba contemplada para el crecimiento de la faena. Sin embargo, indican que el proyecto subterráneo sí lo considera.
La petición principal de Feliú es que Codelco deje de administrar la sociedad dueña de San Críspulo para que así los demandantes puedan negociar un pago por la futura explotación del área.
No obstante, conocedores del derecho minero indican que la petición subyacente, de no alcanzar acuerdo económico, es la paralización de los trabajos de Chuquicamata subterránea, al menos en el área en disputa.
En el documento se detalla que la sociedad se constituyó en 1957, siendo Chile Exploration (Chilex), predecesora de Codelco, la accionista mayoritaria. Al siguiente año se realizó una junta de accionistas en la que sólo asistió Chilex y acordó vender a la misma empresa las 2,5 millones de toneladas de mineral calculado en la pertenencia.
En su respuesta a la demanda Codelco asegura que la explotación del área culminó en 1962 y los accionistas de ese entonces recibieron los pagos correspondientes.
Recalcan que Feliú entró a la sociedad en 1970, por lo que “adquirió dichas acciones cuando las utilidades a la explotación de esta pertenencia ya había sido cobradas por su accionista original y cesado la explotación de la mina”.
Añaden que el ex presidente de la CPC y Granic no tienen legitimación activa para solicitar el cambio de la administración en la sociedad, al tiempo que las acciones están prescritas. Sobre “las imputaciones de mala administración, inactividad negligente y mala fe, no son efectivas y por el contrario son antojadizas”, puntualizan.
Chuqui subterránea
En los últimos escritos entregados al Primer Juzgado de Letras de Calama, se adjuntan las respuestas a oficios hechos a los directores regionales del Sernageomin y el SEA, en que se les consulta si San Críspulo pertenece a Chuqui subterrána.
“Revisado los antecedentes, es posible indicar que la pertenencia minera San Críspulo (...) se encuentra dentro de los límites del proyecto Mina Chuquicamatra Subterránea”, respondió la directora regional del SEA, Patricia de la Torre.
Al concretar la transacción, entraría entre los principales 10 actores de la industria local. Desde el sector aseguraron que se trataría de un movimiento de consolidación en medio de los recientes cambios regulatorios y de la presión en los costos operativos.
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