Tribunal Ambiental deja colgando de un hilo proyecto Mina Invierno al anular permiso de tronaduras
La compañía -relacionada a Copec y Ultramar- ha dicho anteriormente que sin Tronaduras, Mina Invierno es inviable. De todas formas puede recurrir a la Corte Suprema.
Por: María José Blanco
Publicado: Miércoles 21 de agosto de 2019 a las 08:10 hrs.
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Esta mañana el Tribunal Ambiental de Valdivia dio un duro golpe a Mina Invierno al anular la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Tronaduras por falta de información relevante durante la evaluación ambiental.
La solicitud fue puesta por Alerta Riesco, organización que ha estado en contra del proyecto Tronadura. Los ministros Michael Hantke y Sibel Villalobos votaron a favor, a diferente del ministro Iván Hunter, quien estaba en contra.

Tanto Hantke como Villalobos argumentaron que a pesar de requerir en tres oportunidades al titular la elaboración de una línea base del componente paleontológico, finalmente el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) cambió de opinión "allanándose a la declaración de Minera Invierno de que no se requería de un informe paleontológico (...) El Tribunal observa que el CMN no dio razones de su cambio de opinión, más que reiterar las declaraciones de la misma empresa minera".
Por ello, los dos ministros cuestionario que para la aprobación de la DIA no se haya contado con un estudio paleontológico; no haya existido un estudio sobre la magnitud del efecto de las tronaduras sobre los fósiles, ni se haya determinado la proporción de fósiles que se debían proteger.
"No consta, ni en el expediente administrativo ni en el judicial, estudio paleontológico alguno que le hubiese permitido al SEA realizar un juicio que hubiera justificado la inexistencia de efectos, características o circunstancias que pudiesen dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. (...) la conclusión del Director Ejecutivo en su Resolución Reclamada, en tanto las tronaduras no implicarían un impacto adicional, no se encuentra sustentada en informe técnico alguno sobre el eventual efecto de las explosiones sobre el patrimonio paleontológico. De esta forma, la afirmación de la Autoridad no pasa de ser una mera opinión", agregaron.
Mientras que Hunter difirió, señalando que el proyecto Tronaduras contaba con la información suficiente para descartar impactos significativos en el componente paleobotánico. "Habiéndose comprobado con modelos predictivos y con los informes de los organismos públicos que, prospectivamente, no habrá afectación significativa al componente paleobotánico de la Mina Invierno, y existiendo medidas de resguardo, protección y rescate de los hallazgos, no cabe sino que conservar la RCA, pues resultará innecesario cualquier evaluación que se quiera efectuar respecto de este componente ambiental, si se llega a las mismas conclusiones", dijo Hunter.
Además, el Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó otras cuatro alegaciones presentadas por los reclamantes, con el objetivo de anular la RCA de Tronaduras.

Ante la ausencia de evaluación del cambio climático en el proyecto, el Tribunal determinó que la empresa no estaba obligada a incorporar dicho aspecto, ya que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no lo requiere.
Respecto de los impactos económicos y sociales de la medida, el tercer tribunal determinó que "aun cuando la decisión del Tribunal pueda tener un impacto en el desarrollo del negocio minero, este es solo el resultado indirecto de la protección de un interés jurídicamente tutelado, propio del ejercicio de la jurisdicción".
La compañía -relacionada a Copec y Ultramar- ha dicho anteriormente que sin Tronaduras, Mina Invierno es inviable. Tras la resolución, la empresa puede ir a la Corte Suprema como próxima instancia.
Mira aquí la sentencia completa.
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