Determinación de perjuicios por US$ 22 millones remece a directorio de La Polar
Caso volverá al tribunal de primera instancia para decretar cumplimiento de la sentencia.
Por: Camila Bohle S.
Publicado: Martes 7 de septiembre de 2021 a las 04:00 hrs.
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Sorpresa causó al interior del directorio de La Polar el fallo de la cuarta sala de la Corte Suprema, que fijó indemnizaciones a raíz del efecto del caso de repactaciones unilaterales de créditos ocurridas hace más de 10 años y que remeció a la industria.
Aunque el caso estalló en junio de 2011, en julio de 2010, el Sernac había encendido la primera alerta tras detectar 123 reclamos contra el retailer por repactaciones sin el consentimiento de los consumidores, quienes se quejaban de que en sus cuentas aparecían reprogramaciones que nunca habían aceptado, con cuotas y montos que eran fijados por la empresa.

Conocido el escándalo, comenzaron las acciones judiciales. Una de ellas fue la que falló el viernes pasado el máximo tribunal del país, al acoger las demandas civiles interpuestas en 2014, tanto de AFP Provida y de Capital, determinando que se les debe pagar a los fondos de pensiones una indemnización por los perjuicios ocasionados, dada la pérdida de valor de las acciones que implicó el caso.
De acuerdo al informe pericial que fue validado por la Suprema en su fallo, PwC, los nueve exejecutivos involucrados y La Polar deben pagar a AFP Capital los perjuicios del fraude, que se cifró en unos US$ 22 millones. Ese monto sube con lo que la auditora debe compensar a Provida (ver nota principal).
Al interior de la mesa La Polar el fallo causó sorpresa, dice un alto ejecutivo. Si bien se esperaba una determinación de la Corte Suprema, tras las victorias en las instancias anteriores, las probabilidades en su contra eran bajas.
Así, la decisión del máximo tribunal fue un balde de agua fría porque además la firma deberá asumir de forma solidaria el pago de lo que los involucrados no puedan cancelar hasta llegar al 100% de lo establecido a la AFP.
Oficialmente, la firma dijo en una comunicación a la CMF que los montos definitivos a indemnizar serán determinados durante la etapa de cumplimiento del fallo por el respectivo Tribunal, “no es por el momento posible cuantificarlos ni informarlos al mercado”.
En la otra vereda, la gestora propiedad de Sura Asset Management celebró la decisión de judicial. “El fallo de la Corte Suprema en el caso La Polar es una buena noticia para nuestros afiliados y da cuenta de la importancia de cumplir con el rol fiduciario que nos mandata la ley”, señalaron desde la AFP Capital a través de un comunicado.
“Han pasado diez años, y nunca hemos dejado de perseguir las responsabilidades tanto de las instituciones, como de las personas involucradas, con el fin de recuperar los ahorros de nuestros clientes que pudieron verse afectados”, acotaron.
En esa misma línea, Juan Ignacio Correa, socio de Correa Squella, uno de los representantes de AFP Capital en este caso, afirmó que la sentencia es un paso “muy relevante, tanto a nivel de las partes involucradas como a nivel país, porque estamos frente un proceso donde se debe proteger los derechos de los minoritarios y debe haber un estándar de exigencia mayor. La diferencia (con las otras sentencias) es que la Corte Suprema aplicó el derecho”.
Ahora la causa bajará al 13° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago para decretarse el cumplimiento de la sentencia. En eso, deberían pasar unos 45 días.
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