Clínica Las Condes contraataca por demanda arbitral de isapres Banmédica y Vida Tres: solicitará pagos por $ 60.486 millones
CLC señaló a la CMF que “contestará la demanda arbitral solicitando el rechazo íntegro de la pretensión económica, y demandará reconvencionalmente para obtener el pago de las sumas de dinero que se determinen en función de los análisis de las auditorías en curso”.
Por: Jorge Isla
Publicado: Miércoles 6 de marzo de 2024 a las 12:10 hrs.
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Luego que las isapres Banmédica y Vida Tres entablaron una demanda arbitral contra Clínica Las Condes (CLC) -en la que reclaman una deuda por concepto de descuentos no cursados a ambas aseguradoras que asciende a $ 15.815.939.796, más reajustes e intereses, - la institución de salud privada informó que ya fue notificada de esta acción el 1 de marzo recién pasado.
En un hecho esencial a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) firmado por el gerente general interino de CLC Pablo Ortiz, detalla que “además, en la demanda se solicita el pago de los descuentos que, en concepto de las demandantes, deberían devengarse durante el curso del arbitraje y también se solicita cumplimiento de los convenios en los plazos señalados en los mismos, por los períodos posteriores a su término -que tuvo lugar el 1 de marzo pasado- y que corresponden de conformidad con éstos”.
CLC indicó que “demandará reconvencionalmente para obtener el pago de las sumas de dinero que se determinen”.
En respuesta a la ofensiva de las isapres controladas por UnitedHealth Group, el principal ejecutivo de CLC indicó que esa compañía “contestará la demanda arbitral solicitando el rechazo íntegro de la pretensión económica, y demandará reconvencionalmente para obtener el pago de las sumas de dinero que se determinen en función de los análisis de las auditorías en curso”.
Al respecto, Ortiz indica que los cálculos preliminares de ese monto ascienden a “aproximadamente $ 60.486.013.354, más reajustes e intereses”.
Cabe recordar que tras informar del arbitraje solicitado por Banmédica y Vida Tres, CLC explicó al regulador a mediados del mes de febrero que el conflicto tiene que ver con la emisión de notas de crédito por parte de la clínica que estaban destinadas a rebajar el monto de las facturas que se emitían a las isapres. Según la compañía, convenios que datan desde 2012 regulaban "la emisión de notas de crédito como mecanismo para realizar descuentos a dichas entidades, asociados al volumen de pacientes que recibían prestaciones en CLC". En este punto, la clínica aclaró que los documentos en revisión son de entre los años 2017 y 2023, pues los documentos tributarios están disponibles desde ese momento en la página del SII.
Además, reveló que no solo tiene diferencias con las isapres controladas por el grupo Banmédica, sino que también con Cruz Blanca, Colmena, Nueva Masvida y Consalud.
En los antecedentes enviados a la CMF, Ortiz afirmó que la situación se detectó en abril de 2023, cuando el presidente del directorio, Alejandro Gil, tomó conocimiento de los descuentos por volumen y de la renovación de un contrato con Banmédica y Vida Tres que había sido renovado sin su autorización. Tras ello, indicó que se realizó un análisis interno y la gerencia contrató a dos auditoras: primero, a EY, en julio de 2023; y, posteriormente, a KMPG, en diciembre del mismo año. La compañía espera que esa investigación concluya en abril de 2024.
Rechazo a la demanda arbitral
Asimismo, en relación al curso de la demanda arbitral, el gerente general reiteró lo señalado anteriormente en cuanto a que CLC dará cumplimiento a los convenios con las isapres, a partir de lo cual argumentó que no resulta necesario definir el tema en una instancia arbitral. En este punto, indicó que Clínica Las Condes S.A. “dará cumplimiento íntegro” a los convenios, por lo cual “la demanda arbitral carece de sentido a dicho respecto.”
Y la respuesta de CLC no se queda ahí. En su comunicación a la CMF, CLC sostiene que “en la demanda de Banmédica S.A. y Vida Tres S.A. se reconoce que dichas entidades habrían recibido mayores ingresos, cuestión que violaría los artículos 171 y 173 de la Ley de Isapres, normativa que regula sus ingresos y las obliga a mantener objeto exclusivo, respectivamente”.
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