Asesores previsionales en la mira: proyecto exige garantías, comisión máxima y un solo regulador
Desde 2015 se encuentra en el Congreso el proyecto sobre responsabilidad de agentes del mercado, que el Superintendente de Pensiones pidió agilizar.
Por: Constanza Ramos T.
Publicado: Martes 10 de diciembre de 2019 a las 04:00 hrs.
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El superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, pidió el domingo en una entrevista a La Tercera acelerar la tramitación del proyecto de ley de responsabilidad de agentes del mercado, que regula, entre otras materias, a los asesores previsionales que recomiendan cambios en los fondos que administran las AFP.
La iniciativa -que además incorpora regulaciones a los asesores de inversiones- lleva más de cuatro años en el Congreso (julio de 2015) y recién el 24 de abril del presente año pasó a su segundo trámite a la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. Luego, el 28 de mayo, la iniciativa perdió fuerza, ya que se le retiró la urgencia simple.
En términos generales, el proyecto propone perfeccionar el marco regulatorio vigente para sancionar conductas abusivas, brindar mayor protección a los accionistas minoritarios y a los inversionistas, clarificar las responsabilidades de los auditores externos y fortalecer el rol de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Hacienda vs Felices y Forrados
En cuanto a las asesorías previsionales, el Ministerio de Hacienda indicó en una presentación a la Comisión de Hacienda del Senado de enero de 2019 que “los asesores de inversión previsional masivos (tipo Felices y Forrados) pueden tener importantes impactos sobre el mercado financiero y pueden perjudicar a los cotizantes”.
En ese sentido, la iniciativa plantea que las asesorías previsionales sean reguladas sólo por la Superintendencia de Pensiones (SP), y no conjuntamente con la CMF como ocurre hoy. Ello debido a que, aunque son asesores, su naturaleza es solo previsional.
Además, se propone facultar a la SP para que determine el monto de la garantía que deberá constituir un asesor previsional al momento de inscribirse en un registro. Dicho monto deberá estar entre $ 14 millones (500 UF) y $ 1.697 millones (60.000 UF).
También, postula disminuir la comisión máxima que podrá pagar un pensionado por concepto de asesoría previsional desde un 2% a un 1,5% de los fondos, manteniendo el tope de $ 1.697.340 (60 UF).
Por otra parte, la SP podría dictar los requisitos de inscripción diferenciados en virtud del tipo de asesoría previsional que presten y coordinarse con la CMF para que la acreditación de conocimientos en materias de asesoría previsional sea homogéneo entre los asesores previsionales y los agentes de venta de renta vitalicia de las compañías de seguros.
También se permitirá que la SP suspenda del registro de asesores previsionales a las entidades que incumplan las normas, o cuando así lo requiera el interés público, se aumenten la sanciones para los asesores previsionales que no estén inscritos en el registro.
Agentes de venta de renta vitalicia
Respecto a los vendedores de renta vitalicia, el proyecto establece que la CMF pueda establecer requisitos de acreditación de conocimientos mínimos a los agentes de venta de renta vitalicia. Además, se extenderán las inhabilidades para desempeñarse como corredor de seguros a los agentes de venta de renta vitalicia.
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