En defensa de los Tribunales Tributarios y Aduaneros
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Señora Directora:
En relación con la carta de don Rodrigo Benítez del 22 de febrero pasado, nos permitimos hacer algunas precisiones sobre el aforismo utilizado “siempre será mejor un buen avenimiento con el SII que un mal juicio”, pues tal afirmación podría resultar tendenciosa y llevar a pensar que los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) no constituyen una forma válida y conveniente para dirimir las controversias tributarias.
En especial si tal afirmación se basa en datos exclusivamente estadísticos, sin considerar todos los antecedentes que deben tenerse a la vista para lograr una real dimensión de las causas de tal resultado, entre ellas: que los TTA están obligados a fallar, de acuerdo al mérito del proceso y conforme a Derecho; mala asesoría a los contribuyentes, antes y durante, la fiscalización; ausencia de asesoría jurídica al presentarse una reclamación; falta de pruebas suficientes, etc., todos factores que el autor ha soslayado al emitir su opinión.
Por lo anterior, creemos que más que descartar a los TTA para resolver las controversias tributarias, debieran plantearse medidas que propugnen su fortalecimiento, en el entendido de que constituyen la instancia jurisdiccional especializada en materia tributaria.
Hernán Farías Sepúlveda
Presidente Asociación Nacional de Magistrados de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile