Cartas

Novedades internacionales sobre insolvencia

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Señora Directora:

Entre el 7 y el 10 de diciembre se reunió en Viena la Sección V de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI/UNCITRAL), que se ocupa del derecho concursal. La sesión de trabajo concluyó con un coloquio sobre el derecho aplicable a los procedimientos internacionales de insolvencia. En dicha reunión se discutió un proyecto de texto sobre un régimen simplificado de la insolvencia que sea fácilmente utilizable y accesible para las PYME cuya adopción se recomienda a los países miembros.

La propuesta de la CNUDMI resulta muy oportuna, porque en Chile se está discutiendo una reforma a la Ley 20.720 sobre insolvencia y reemprendimiento (Boletín núm. 13802-03). Ella no da una respuesta adecuada a los problemas que pueden tener las empresas de menor tamaño, y tampoco lo hace el régimen previsto por la Ley 20.416.

Los desafíos que esta clase de empresas presentan al derecho concursal son muchos y muy diversos a aquellos que entrañan las grandes empresas, sobre todo por su arraigo local, la identificación personal que se produce con el empresario y por el empleo que ellas dan. Si bien la Ley 20.720 contempla procedimientos de liquidación simplificada cuando, entre otros supuestos, el deudor califique como microempresa o el activo realizable no supere las 5000 UF, no ocurre lo mismo en sede de reorganización. Hace falta que también en esa sede se considere la realidad de las PYME.

Las sugerencias sobre el régimen simplificado de la insolvencia deben servir de insumo para la discusión de la reforma concursal en el Congreso. La actual crisis económica hace indispensable contar con procedimientos más expeditos y eficaces que permitan el rescate de empresas viables, especialmente cuando se trata de PYMES que pueden deber sus dificultades a problemas de liquidez o gestión de posible solución.

Jaime Alcalde Silva

Of Cousel Baraona y Cía., Profesor de Derecho Privado UC

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