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Discurso ochentero

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Hace pocos meses, en las jornadas de libre competencia de la Universidad Católica, el fiscal nacional económico (FNE) presentó las bondades de tener un sistema de revisión previa de operaciones de concentración, siguiendo lo que se ha hecho en otros países como Brasil, y manifestó su intención de hacer una modificación al texto de su guía en esta materia.



Ahora, el FNE organizó el “Día de la Competencia”, donde con bombos y platillos se presentó el texto de la Nueva Guía de Concentración, “invitándose amigablemente” a las empresas interesadas en fusionarse a que concurran ante esa autoridad, para que éstas puedan “conocer cuál es la opinión de la FNE sobre esa operación y, en concreto, cuáles son los riesgos que avizora”.

Tuve la posibilidad de rebatir esos argumentos frente al propio fiscal, señalándole que no se justificaban estos cambios porque la normativa actual de la Consulta ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) era un mecanismo adecuado y además lo suficientemente demoroso -no menos de seis meses-, para que pueda revisarse una operación. Fundamenté que la consulta, aún siendo a posteriori, tiene sobradas bondades frente a esta nueva y adicional burocracia reglamentaria que extiende innecesariamente los plazos y presiona inadecuadamente a las empresas a someterse a un proceso ineficaz.

Por el contrario, la consulta en vigor es un sistema probado y que respeta la libertad de los agentes económicos de una economía madura como la nuestra, para decidir si efectuar o no una operación, dependiendo los umbrales de concentración y su poder relativo en un mercado relevante. Si ante el análisis serio de una fusión las empresas deciden no presentar una consulta y arriesgarse a que pueda ser eventualmente revisadas a posteriori por la propia FNE, al menos se respetaría la voluntariedad establecida en la ley, efectuándose la operación en un lapso menor de tiempo y, si fuere necesario, defenderla ante un órgano de justicia, técnico e independiente como el TDLC. Posteriormente, la autoridad me dijo -medio en broma, medio en serio- que mi discurso era “muy ochentero”. Imagino que habrá sido por defender una idea antigua, como dejar que las actuales instituciones funcionen en este asunto -como ha ocurrido en estos últimos años- y que no sea un órgano administrativo el que, detrás de un argumento de revisión amistosa, se arrogue atribuciones que hoy no son permitidas en la ley.

¿Qué se obtiene con esta nueva guía? Para mí, nada. Operacionalmente incrementa innecesariamente los costos. Desde el punto de vista del mercado, entorpece con bastantes días adicionales una decisión comercial tan válida como lo es una fusión. Y, desde la perspectiva jurídica, una revisión previa de la fiscalía no tiene fuerza obligatoria o, peor aún, el mismo TDLC ha expresado que no la reconoce como válida. En suma, una intervención innecesaria que no entrega ningún beneficio, porque igual una operación puede ser posteriormente consultada o cuestionada. Si es por eso, continuemos siendo ochenteros, y a mucha honra.

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