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DF Tax | Doble tributación Chile-EE. UU.: nuevas oportunidades de inversión

Jorge Abud H., abogado de Noosa Legal.

Por: Jorge Abud H. | Publicado: Jueves 14 de septiembre de 2023 a las 04:00 hrs.
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Jorge Abud H.

El avance en la ratificación del Convenio para evitar la Doble Tributación entre Chile y Estados Unidos ha generado un escenario altamente prometedor para los inversionistas chilenos que tienen interés en  ese mercado. Con la reciente aprobación del Congreso Estadounidense, estamos a un paso de concretar este acuerdo, lo que sin duda podría generar importantes beneficios para aquellos que buscan expandir sus horizontes de inversión hacia ese país.

Uno de los aspectos destacados del convenio es el tratamiento preferencial para los dividendos recibidos por inversionistas chilenos, aplicándoles una tasa máxima de Withholding Tax (WTH) de un 15%, en caso de tener participación menor a 10% en la empresa fuente, y una tasa máxima de 5% de retención en los demás casos. Esto representa una importante mejora en comparación con el 30% de retención que rige hoy en día, lo que sin duda, incentivará aún más la inversión chilena en Estados Unidos.

“El avance en la ratificación del convenio para evitar la doble tributación entre Chile y Estados Unidos ha generado un escenario altamente prometedor para los inversionistas chilenos que tienen interés en  ese mercado”.

“Con la reciente aprobación del Congreso estadounidense, estamos a un paso de concretar este acuerdo, lo que sin duda podría generar importantes beneficios para aquellos que buscan expandir sus horizontes de inversión”.

“Esperamos que el Congreso de Chile ratifique este convenio sin demora, para que los beneficios que ofrece a los inversionistas puedan ser aprovechados lo antes posible”.

El convenio también contempla el tratamiento del WHT sobre intereses. Hasta ahora, este impuesto de retención se sitúa en un 30%, como regla general, pero con la entrada en vigencia del convenio, se aplicarán tasas máximas más favorables a estos WHT, reduciendo el WHT sobre intereses al máximo de un 15% durante los primeros cinco años de vigencia del convenio y luego bajando dicho máximo a un 10%.

En relación con la ganancia de capital derivada de la enajenación de acciones u otros derechos o participaciones en sociedades, es relevante mencionar que según lo establecido en el convenio, existe una tasa máxima del 16% de impuesto aplicable a este tipo de renta. Si bien este hecho generalmente no se encuentra gravado para un extranjero no residente en Estados Unidos por las ventas de participaciones en sociedades norteamericanas, esta disposición resultaría altamente beneficiosa para los contribuyentes residentes en ese país que quieran invertir en Chile, ya que les permitiría reducir la tasa de impuesto aplicable a la enajenación de participaciones de sociedades chilenas desde el 35% que corresponde al Impuesto Adicional, hasta el mencionado 16%.

Es relevante enfatizar que este convenio representa un paso trascendental en la relación económica entre Chile y Estados Unidos. Al eliminar o reducir la doble tributación y mejorar la acreditación de impuestos, se abren nuevas oportunidades para el crecimiento y la rentabilidad de las inversiones transfronterizas. Además, un escenario más predecible y transparente en materia tributaria brinda a los inversionistas de ambas naciones una mayor confianza y certeza para tomar decisiones de inversión.

Esperamos que el Congreso de Chile ratifique este convenio sin demora, para que los beneficios que ofrece a los inversionistas puedan ser aprovechados lo antes posible. El fortalecimiento de las relaciones comerciales entre Chile y Estados Unidos, a través de este acuerdo, sentará las bases para una mayor cooperación económica y un flujo de inversiones más dinámico y seguro entre ambas naciones.

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