En un nuevo aniversario de la Reforma Agraria que se impuso en el Chile de los años ‘60, se ha reanimado un ideologizado debate sobre el alcance del derecho de propiedad. La Reforma Agraria fue impuesta por el mundo político local, la iglesia católica y la Alianza para El Progreso de Los EEUU. Se decía que era necesario terminar con los predios agrícolas de enormes extensiones y se acusaba a los agricultores de su mala explotación. Se trataba de cambiar la estructura social del país y se prometía que la tierra produciría más y se entregaría al que la trabajaba.
A poco andar, dejó de importar que los predios estuvieran bien o mal trabajados y la ley redujo primero a 80 y luego a 40 hectáreas la superficie máxima de un predio agrícola que se podía poseer por un particular. Demás está decir que la producción agrícola cayó a los niveles más bajos de la historia; el campo nacional pasó a ser uno de batalla; no se creó un solo nuevo propietario y todas las tierras expropiadas pasaron a dominio del Estado.
Más allá del despojo abusivo en que derivó el proceso, éste ha debido dejar la enseñanza del nefasto desenlace de la privación arbitraria del derecho de propiedad. Prueba de ello es el impresionante desarrollo económico del país al amparo de un régimen libertario basado en el derecho de propiedad y el rol subsidiario del Estado que se consagraron en la Constitución de 1980.
Chile dejó atrás esa época de odios y estaba logrando un progreso económico inédito en la historia, pero desde la llegada al poder de la Nueva Mayoría, los eslóganes y promesas irresponsables, con esa atracción fatal propias del populismo, se apoderaron de la calle y volvieron a escucharse las consignas del pasado.
La Universidad Para Todos ahora es Gratuidad y el debilitamiento del derecho de propiedad y la vuelta del poderoso Estado y su rol prioritario se alcanza por la vía de una nueva Constitución, ya que la que nos rige desde 1981, que organizó y amparó la más exitosa transición que conozca el mundo, y que fue calificada, con motivo de su modificación, como ejemplo de legitimidad y democracia, ahora pasa a ser ilegítima, no de todos.
El torbellino ideológico que busca crear un nuevo país, con una sociedad llena de adjetivos, como igualitaria, inclusiva, no discriminatoria, ha colocado como piedra filosofal del proceso una nueva Constitución cuyo contenido medular no se ha especificado para nada.
Para aquellos que tengan dudas aun sobre el derrotero que este proceso reformista tendrá, diversas declaraciones permiten anticipar el rumbo. Como botón de muestra es recomendable revisar las iniciativas de reforma constitucional de algunos senadores en materia de dominio y uso de las aguas y que tiene como “fundamentos” el que nuestro ordenamiento legitima un “...modelo de propiedad privada ...más liberal que el más liberal…”, la necesidad de “...una reforma mayor a la legislación mercantilista...” “...necesidad de aseguramiento del Estado del acceso a las personas a los recursos hídricos…”.
Diversos técnicos se han referido en la Comisión senatorial a la “...concepción hipertrofiada del derecho de propiedad...”. Otros argumentan respecto de un “sobre otorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas”, pero la autoridad competente sostiene que no existe un catastro oficial respecto de los derechos otorgados.
Se discute que debe introducirse un cambio constitucional que afecte no solo a los derechos que se construyan en el futuro, si no que a los hoy existentes. Por eso, aquéllos deben declararse de utilidad pública, para efectos de su expropiación.
Debe ser el Dios Estado el que vele por la gestión de los recursos hídricos. Para ello se requiere la “despropietarización” de los derechos de agua, los que, en su calidad de bienes nacionales de uso público, podrán ser sujetos de derechos o concesiones las que deben tener, siempre según algunos legisladores, el carácter de precarios y temporales, por un plazo no mayor a 10 años, estar circunscritos a fines específicos y sujetos al pago de patentes, quedando siempre las autoridades del Estado facultadas para establecer limitaciones y obligaciones. Con ello se permitiría “…fortalecer la función social de la propiedad del agua”.
Si bien esta propuesta de reforma constitucional debe cumplir con varios trámites y obtener la aprobación de dos tercios de ambas cámaras, ella resulta ilustrativa de lo que puede salir del “proceso constituyente” lanzado por el gobierno y, el comprobar que transcurrido medio siglo después la nefasta reforma agraria hoy se repiten los eslóganes y la confusión de principios es igualmente transversal.