A fines de este mes se informaron avances en la negociación de una Convención Marco sobre Cooperación Tributaria Internacional en las Naciones Unidas. Chile mira con atención una discusión que podría tener implicancias más profundas. La administración anterior respaldó la idea de fortalecer el vínculo entre impuestos, redistribución y derechos humanos, mientras que el actual gobierno se encuentra a la espera del texto definitivo para definir su posición.
El propósito declarado por el borrador de la Convención es que los sistemas tributarios contribuyan al financiamiento de derechos como la salud, la educación y la protección social. Si bien se trata de un objetivo que puede ser legítimo, este plantea una pregunta importante: ¿es conveniente incorporar una finalidad específica de la tributación dentro de un convenio internacional?
La interrogante es relevante porque uno de los principios históricamente asociados a un buen sistema tributario es la neutralidad. En términos simples, los impuestos deben recaudar de manera eficiente, interfiriendo lo menos posible en las decisiones económicas de personas y empresas. Esto no significa renunciar a objetivos sociales, sino a reconocer que los sistemas tributarios cumplen simultáneamente múltiples funciones: recaudar recursos para cumplir los roles propios del estado, incentivar la inversión para promover el crecimiento y desincentivar el consumo de ciertos bienes o servicios, entre otros.
“Los impuestos deben recaudar de manera eficiente, interfiriendo lo menos posible en las decisiones económicas de las personas y empresas”.
Por esto, el riesgo no está en el propósito perseguido sino en elevarlo a una categoría que pueda condicionar finalidades igualmente legítimas. Los convenios internacionales no son simples declaraciones programáticas. Lo que hoy parece una definición general de principios podría, con el tiempo, traducirse en menores grados de flexibilidad para adaptar la política tributaria a circunstancias económicas cambiantes.
La discusión requiere, además, incorporar una mirada amplia sobre los mecanismos mediante los cuales se genera el bienestar. La redistribución y la generación de bienestar social no operan únicamente a través de la recaudación y el gasto público. Y, al mismo tiempo, la inversión cumple un papel social igual de relevante. Es clave para la creación de empleo, el aumento de los salarios, la incorporación de nuevas tecnologías y el crecimiento de la productividad, factores que contribuyen a mejorar directamente las oportunidades de las personas, y además amplían la base sobre la cual el Estado recauda y financia las políticas públicas.
La experiencia muestra que los debates tributarios rara vez admiten respuestas simples. Un sistema puede perseguir objetivos redistributivos legítimos y, al mismo tiempo, afectar incentivos relevantes para el crecimiento. Del mismo modo, la reducción de impuestos por sí sola tampoco garantiza desarrollo, o una política pública redistributiva tampoco logra por sí misma el efecto declarado. La cooperación tributaria internacional es necesaria y debe seguir fortaleciéndose. Combatir la evasión y mejorar la coordinación entre administraciones tributarias son objetivos ampliamente compartidos. Pero precisamente esas materias se regulan en convenios tributarios especialmente creados para tal efecto. Por lo tanto, parece prudente evitar que los futuros acuerdos internacionales que regulan materias generales privilegien una finalidad específica por sobre otras que también forman parte de una política fiscal moderna.
La fortaleza de un sistema tributario no radica en perseguir un único objetivo, sino en preservar la flexibilidad necesaria para compatibilizar varios de ellos. La redistribución por supuesto que importa, pero también la inversión, el crecimiento y el empleo, especialmente en nuestra actualidad. El desafío no es elegir entre ellos, sino diseñar reglas que permitan equilibrarlos y desarrollarlos de manera sostenible en el tiempo.
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