Editorial

Indicaciones a la reforma laboral

Los cambios atenúan levemente la prohibición del reemplazo en huelga

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Luego de una demora más prolongada de lo esperado, el gobierno mandó las indicaciones al proyecto de reforma laboral, que está pronto a cumplir un año de tramitación. Estas indicaciones modifican algunos aspectos bastante centrales, lo que muestra que efectivamente el proyecto de ley inicial contenía puntos cuestionables, y que era necesario morigerar los efectos negativos que iba a producir. En lo esencial, las indicaciones atenúan levemente la prohibición del reemplazo en huelga, permiten el descuelgue de la misma y aumentan las exigencias para constituir sindicatos en empresas de menor tamaño. Por tanto, se hacen eco en algún grado de que el proyecto inicial desbalanceaba en exceso el poder de negociación a favor del sindicato, lo que no sólo afecta a las empresas y a los consumidores, sino que además desincentiva el emprendimiento.

Sin embargo, no hubo cambios en lo que se refiere a la extensión de los beneficios de la negociación colectiva, dejando esta potestad en manos del sindicato. Esto no sólo atenta contra la posibilidad de gestionar la propia empresa, sino que además se traduce en una sindicalización forzada, único camino para mejorar las condiciones laborales. De esta forma, en el mediano plazo la posibilidad de adecuar trabajadores en caso de una huelga pasa a ser muy poco operativa, en un contexto en que la mayoría de los trabajadores será parte de la misma. Por ende, lo que logran estas indicaciones es atenuar el impacto negativo de la reforma en el corto plazo, mientras se logra el objetivo de aumentar en forma artificial la tasa de sindicalización, a costa de la libertad de afiliación.

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