Superintendencia de Casinos multa a Monticello con $ 2,4 millones

Por otra parte, proceso sancionatorio contra Casino Marina del Sol fue absuelto.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Jueves 23 de mayo de 2013 a las 15:53 hrs.
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La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) resolvió recientemente dos procesos sancionatorios iniciados en contra de la sociedad operadora Marina del Sol (Casino Marina del Sol) y San Francisco Investment (Monticello Grand Casino) respectivamente, absolviendo de los cargos a la primera y aplicando una multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a la segunda (unos $ 2,4 millones). 

Ambos procesos sancionatorios se iniciaron por eventuales infracciones al artículo 45 de la Ley N° 19.995 y sus reglamentos, luego de que la Superintendencia detectara que las sociedades operadoras habían implementado promociones en términos distintos a los autorizados por el organismo.

San Francisco Investment fue multada por la Superintendencia con 60 UTM, luego de que reconociera el error cometido respecto de la protocolización de las bases de la promoción Los Super Jueves, señalando que éste se produjo de manera involuntaria al remitir a la notaría una versión anterior a la aprobada por la Superintendencia, agregando que ya se han adoptado las medidas necesarias para evitar que se puedan volver a repetir errores de esta naturaleza.

Marina del Sol, por su parte, señaló en sus descargos que respecto de la inserción de un párrafo referido a "Suspensión o modificación de la promoción" en las bases de la promoción Progresivo Póker Room, que fue instruida por la Superintendencia, ésta sí fue realizada aunque no de manera textual.

La sociedad operadora señaló además, que si bien solicitó la autorización a la Superintendencia para implementar dicha promoción, no es de las que se rigen por la Circular N° 24, ya que los premios que contempla no inciden en el normal desarrollo del juego.

En el análisis de los descargos, el organismo regular y fiscalizador determinó que efectivamente el texto incorporado en las bases de la promoción se ajustan a lo instruido a Marina del Sol aunque no de manera literal, por lo que, junto con absolverla de los cargos, le señaló que en lo sucesivo deberá tener mayor rigurosidad al implementar las modificaciones que la Superintendencia señale respecto de las promociones autorizadas, tal como lo exige la normativa vigente.

De acuerdo con lo establecido en la Circular N° 24 de octubre de 2011, las sociedades operadoras tienen la obligación de solicitar autorización a la Superintendencia para la implementación y/o modificación de las bases respecto de aquellas promociones cuyos premios inciden en el normal desarrollo de los juegos de azar en los casinos de juego; que afecten, modifiquen o alteren de cualquier forma los procedimientos previstos para el desarrollo de los juegos de azar según el artículo 27 del Decreto Supremo N° 547; o que afecten la determinación de los ingresos brutos obtenidos en la explotación de los juegos de azar.

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