Comisión de Derechos Económicos aprueba por unanimidad cuatro enmiendas de unidad de propósito sobre medioambiente
Esta instancia llegó a un acuerdo transversal que viabilizó el avance en la primera votación particular.
Por: Claudia Rivas
Publicado: Lunes 28 de agosto de 2023 a las 20:15 hrs.
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Esta jornada de lunes, las cuatro comisiones del Consejo Constitucional comenzaron a votar en particular las enmiendas ingresadas, tanto por los consejeros como por la ciudadanía, a través de las Iniciativas Populares de Norma (IPN). La Comisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales no fue la excepción y, justamente, comenzó por el Capítulo XIII relativo a la protección del medioambiente, sostenibilidad y desarrollo.
Dando una señal positiva sobre el trabajo que realiza esta instancia, aprobó por unanimidad cuatro enmiendas de unidad de propósito relativas al citado capítulo.
La primera dice relación con el título del capítulo que en el anteproyecto se denomina “protección del medioambiente, sostenibilidad y desarrollo”.
De manera que tras aprobar la propuesta pasa a denominarse “protección del medioambiente, sustentabilidad y desarrollo”, donde se cambió el término “sostenibilidad” por el de “sustentabilidad”.
En segundo lugar, se sustituyó el artículo 201, que en el anteproyecto establece que “la protección del medioambiente, la sostenibilidad y el desarrollo están orientados al pleno ejercicio de los derechos de las personas, así como al cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones”.
Al aprobarse la propuesta, el nuevo artículo establece que “la protección del medioambiente, la sustentabilidad y el desarrollo están orientados al pleno ejercicio de los derechos de las personas, así como al cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones”.
La tercera enmienda aprobada sustituye el artículo 202, que en el anteproyecto señala que “las personas, las comunidades y el Estado deben proteger el medioambiente. Este deber comprende la conservación, preservación, restauración y regeneración de las funciones y equilibrios de la naturaleza y su biodiversidad, según corresponda, de conformidad a la ley”.
Pasando a establecer que “es deber del Estado y las personas proteger el medioambiente y promover la sustentabilidad. La protección del medioambiente comprende la conservación del patrimonio ambiental y la preservación de la naturaleza y su biodiversidad, de conformidad a la ley. La sustentabilidad supone que el desarrollo económico requiere el mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las personas, fundado en medidas apropiadas de conservación y protección del medioambiente, de manera de no comprometer las expectativas de las generaciones futuras. En estas tareas el Estado promoverá la colaboración público-privada”.
Y, por último, se agrega al artículo 202, el artículo 202 bis, que sostiene que “la Constitución garantiza el derecho de acceso a la justicia, a la información y a la participación ciudadana, en materias ambientales, de conformidad a la ley”.
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