Contribuyentes beneficiados por condonaciones se triplican en los últimos 10 años
Montos pasaron de US$ 100 millones a US$ 291 millones en el período. En relación a lo adeudado, el año pasado fue el más bajo desde 2010.
Por: Sebastián Valdenegro Toro
Publicado: Martes 13 de diciembre de 2016 a las 04:00 hrs.
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Una de las maneras que tiene el Fisco de recuperar parte de las deudas tributarias de los contribuyentes es a través del mecanismo de condonaciones, aplicado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR). Mecanismo que si bien fue controversial en su momento, a raíz del caso Johnson´s, se ha utilizado de manera masiva en la última década.
Según cifras del SII y la TGR, en los últimos diez años se ha más que triplicado el número de contribuyentes que han accedido a un “perdón” en sus acreencias con el Fisco, pasando de 71 mil en 2005 a 245 mil el año pasado. El crecimiento de los beneficiarios ha sido constante en el período, exceptuando los años 2008-2009, justo en medio de la crisis financiera internacional.
Los montos condonados a empresas y personas naturales ha tenido una senda similiar en el período. Si en 2005 se “perdonaron” $ 68.000 millones (US$ 100 millones al tipo de cambio actual), el año pasado la cifra fue casi el triple, $ 189.000 millones (US$ 291 millones).
¿Significa la condonación que el contribuyente queda eximido del pago de impuestos? En lo absoluto. De hecho, en promedio las condonaciones representan un cuarto de lo adeudado (ver gráfico), alcanzándose el peak de 30% en 2008-2009. El año pasado, el porcentaje de condonación en relación al monto adeudado (que incluye reajustes, multas e intereses) se situó en su nivel más bajo desde 2010: 24,14%.
Las razones
El socio de ZBS Abogados, Claudio Sepúlveda, señala que en lo más reciente, la nueva política de condonaciones del SII y la TGR -vigente desde el 1 de octubre del 2015- ha incidido en el acceso de los contribuyentes al beneficio y mayores facilidades para que el Fisco logre el cobro de una parte de los tributos adeudados. Dicha política, dice, determina que cuando existe buena fe del contribuyente, podrá solicitar condonaciones de intereses y sanciones por la mora.
“De hecho, si la deuda es reciente y el contribuyente paga por internet, el porcentaje de condonación puede llegar hasta un 70%, según instrucciones del SII”, destaca el socio de Bustos & Cía, Mario Piña.
El socio principal de AK Contadores, Patricio Gana, atribuye el fenómeno a una “mejoría” en la fiscalización del SII, lo que ha implicado una mayor recaudación tributaria. “Además, la normativa antielusión ha traído consigo un mayor temor de los contribuyentes, quienes cada vez se esfuerzan más por lograr un correcto cumplimiento tributario, para evitar sanciones”, asegura.
Mientras que el socio de Tax & Legal de BDO, Rodrigo Benítez, pone un matiz: “Se debe tener presente que el no pago oportuno de los impuestos se ha incrementado debido a la falta de recursos de los contribuyentes para pagar y el mayor aumento de fiscalizaciones con resultado de impuesto a pagar”.

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