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SII critica moción que faculta a la Fiscalía perseguir delitos tributarios: "Pone en riesgo el patrimonio fiscal"

Fernando Barraza defendió el rol del organismo y apuntó que no se ha usado la norma de forma "arbitraria".

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Miércoles 3 de mayo de 2017 a las 16:25 hrs.
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El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza, criticó la moción parlamentaria que entrega facultades al Ministerio Público para perseguir delitos tributarios.

El funcionario señaló que la iniciativa "pone en riesgo" el tesoro público y la tributación.

"Una moción como esta, en nuestra opinión, obstaculiza la función institucional de proteger la base imponible nacional y, con ello, se pone en riesgo el bien jurídico protegido, que es el patrimonio fiscal, el tesoro público", dijo Barraza en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados, instancia que discute dicha moción.

El jefe del Servicio, que entró en la polémica luego de que cerrara las querellas contra empresas tras aplicar una sanción pecuniaria, defendió el rol del organismo y apuntó que no se ha usado la norma de forma "arbitraria".

"Aquí no ha habido un uso arbitrario de la norma, sino que ha habido un uso racional y estrictamente técnico de la norma", sostuvo.

"Las empresas por las cuales hemos decidido activar la sanción pecuniaria son empresas que se autodenunciaron. Son todas empresas que concurrieron voluntariamente ante un llamado del SII y pagaron y repararon el perjuicio fiscal, con intereses, con reajustes y sin condenación", añadió.

En la misma línea, insistió en que la decisión del SII de perseguir pecuniariamente "también es una sanción".

"Hemos dicho aquí hubo delito tributario y porque hubo delito tributario efectivamente es que nosotros estamos aplicando una sanción y la sanción pecuniaria también es una sanción, por lo tanto, en función de los antecedentes, en función de los análisis muy rigurosos, técnico profesionales que hacemos, finalmente optamos por una acción u otra", comentó.

Añadió que, "si nosotros nos querelláramos contra todos los contribuyente con los cuales detectamos una diferencia, obviamente el efecto disuasivo se relativiza. Es relevante desde esa perspectiva, en algunos casos, por bajo monto por baja reiteración, aplicar una de las vías que es muy efectiva, que es la sanción pecuniaria". 

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