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SII ratifica discrecionalidad de acción penal y reafirma que “no es procedente” realizar estudios

Servicio expuso los siete criterios para ejercer querellas o denuncias, ratificando que facultad se concentrará en el director Barraza.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Martes 1 de diciembre de 2015 a las 04:00 hrs.
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Un remezón al interior del Servicio de Impuestos Internos (SII) generó la respuesta del organismo a un oficio del Consejo para la Transparencia -dado a conocer ayer por Diario Financiero- en el que reconocía que “no dispone” de estudios que precisen si la emisión de boletas ideológicamente falsas ameritan o no una presentación de querella.

A través de una declaración pública, la entidad liderada por Fernando Barraza salió a defenderse, ratificando la discrecionalidad en el ejercicio de la acción penal, radicada en las facultad de su director.

Según el servicio, “no es procedente” realizar estudios sobre si el organismo debe querellarse o no ante la presencia de documentos tributarios ideológicamente falsos, “puesto que estas acciones están establecidas como delito en el Código Tributario, las querellas son individuales y nominativas y se presentan si se cumplen los requisitos técnicos establecidos por el SII”.

¿Cuáles son estos? En la misma respuesta a la nota de DF, Impuestos Internos define siete criterios para ejercer la acción penal: la gravedad en las irregularidades detectadas; la reiteración en la comisión de los delitos; el uso de asesoría tributaria para llevar a cabo el delito; el efecto “ejemplarizador” o “pedagógico” en otros contribuyentes; el perjuicio fiscal; la calidad y “suficiencia” de la prueba reunida; y la factibilidad de obtener una condena por delitos tributarios contra el o los querellados.

“En otras palabras, la presencia de boletas y facturas falsas constituye delito, y así está establecido en la ley”, señala el SII.

Junto con esto, la entidad ratifica -en cierta manera- la tesis de la discrecionalidad en el ejercicio de la acción penal, radicada -para dichos efectos- en el titular del servicio.

“Cabe señalar que la ley, concretamente el artículo 162 del Código Tributario, entrega al director del servicio la facultad de decidir en qué casos presentar querella por delitos tributarios. Se trata de una herramienta legal que coadyuva a ejercer eficientemente su rol fiscalizar, que contempla efectuar una selección entre los casos en que puedan existir irregularidades de índole tributaria”, complementó el SII.

Blanlot: “Se resuelve discrecionalmente”

La presidenta del Consejo para la Transparencia (CPLT), Vivianne Blanlot, señala que la respuesta del servicio al oficio del organismo -en el marco de la solicitud de amparo por una solicitud de información del abogado de Jovino Novoa, Francisco Cox- “ratifica” la discrecionalidad con la que el organismo ejerce la acción penal, radicada en el titular del servicio.

“Lo que dice el SII es que ellos recopilan los antecedentes y, después, se resuelve discrecionalmente acerca de interponer la respectiva denuncia o querella. Y esos son argumentos que utiliza en el curso de la defensa que hace de reservar la información por inexistencia. Efectivamente entre los argumentos que utiliza el SII dice que el servicio recopila los antecedentes que servirán de fundamento para la decisión del director para resolver discrecionalmente”, señala la titular del CPLT.

Asimismo, Blanlot destaca el fallo del consejo que obliga al SII a entregar a Cox detalles del número de contribuyentes querellados por boletas ideológicamente falsas.

“Llegamos a la conclusión de que esta es información que necesariamente la debe tener el SII, que pueda tenerla en otra forma, pero que no le significaría un gasto excesivo poder recopilarla”, comenta la ejecutiva.

Ante la solicitud de Cox y luego de una serie de intercambios de oficios entre ambas entidades, el CPLT solicitó al SII el 27 de octubre pasado entregar la información del número de empresas y personas naturales que han rectificado voluntariamente sus declaraciones de impuestos luego del llamado a autodenunciarse que realizó Jorratt el 12 de marzo; el número de personas naturales y jurídicas que rectificaron sus declaraciones o se autodenunciaron dentro del plazo señalado por Jorratt y contra los cuales el servicio se querelló por delitos tributarios, entre otras informaciones. Todo para el período comprendido entre el 12 de marzo y el 13 de mayo de este año.

La entidad tiene 20 días hábiles para responder el requerimiento, por lo que el plazo está pronto a vencer.

chahuán reasigna caso penta

Comienzan a moverse las piezas en el marco de los casos de platas políticas que remecen el país.


El hasta hoy fiscal nacional, Sabas Chahuán, sostuvo ayer una reunión de coordinación y traspaso de información con el fiscal nacional electo Jorge Abbott y los equipos investigadores de las causas Penta y SQM.


En la oportunidad, Chahuán informó su decisión de hacer uso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y radicar a partir la investigación del caso Penta en el fiscal regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra, quien continuará el desarrollo de la indagación con el apoyo del fiscal jefe de Alta Complejidad, Carlos Gajardo, y el fiscal adjunto Pablo Norambuena.


En relación con el futuro de la causas SQM y Corpesca -también ligadas con el eventual financiamiento irregular de la política- ambas seguirán en manos de Abbott, quien decidirá oportunamente sus cursos de desarrollo.


Hoy a las 12 del día en la sala del consejo de la Fiscalía Nacional se realizará la ceremonia de cambio de mando, en la cual Chahuán pasará la posta a Abbott como titular del Ministerio Público por los próximos ochos años.


De esta manera, Abbott se convierte en el tercer jefe de la Fiscalía desde su creación, tras Guillermo Piedrabuena y el mismo Chahuán.

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