Justicia le da la razón a sindicato de Pacific Fitness y acusa al gimnasio de "filosofía corporativa" antisindical
Juez Álvaro Flores señaló que existe “una acción sostenida al interior de los mandos superiores” de la firma de prácticas antisindicales.
Por: Carolina León
Publicado: Martes 9 de abril de 2019 a las 13:14 hrs.
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"Clima antisindical". Así calificó Álvaro Flores, juez titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, el ambiente que existe al interior de Pacific Fitness y los gimnasios Sport Center, Gimnasios La Cañada, Gimnasios Santiago y Gimnasios Cordillera.
En una dura sentencia, el magistrado falló a favor del Sindicato Interempresa de Trabajadores Pacific Fitness, y sancionó al gimnasio por reiteradas conductas hostiles en contra del sindicato y de los trabajadores sindicalizados.
El caso
La historia comenzó en octubre de 2018, cuando la Dirección del Trabajo Metropolitana Oriente presentó una denuncia contra las firmas anteriormente mencionadas por prácticas antisindicales, acusándolas de obstaculizar la afiliación sindical y despedir trabajadores sindicalizados, además de "burlarse" del sindicato y sus socios.
En el audio de la audiencia de juicio, se escucha al juez Flores señalar que "existe información sobre una acción sostenida en los mandos superiores" en contra del sindicato. Un comportamiento que según manifestó Flores es de larga data al interior de la firma y que sería liderado por Fritz Bartsch, jefe superior de todas las razones sociales involucradas, entre ellas Pacific Fitness.
"Hay una actividad hostil regular por parte de Fritz Bartsch", dijo Flores en reiteradas ocasiones en la lectura de sentencia, agregando que al interior de las jefaturas era común la difusión de mensajes del tipo "ingresan al sindicato porque quieren trabajar menos".
Flores además señala que al interior de algunas jefaturas se burlaban del sindicato a través de "memes", ejemplificando la difusión de una imagen del famoso personaje de los Simpsons, Homero, acompañada del texto "estamos trabajando menos y haciéndonos un sueldito extra con todos los pelotudos que nos pasan tres luquitas mensuales".
En la lectura de sentencia el juez fue enfático, y señaló que al interior de la empresa existe una "filosofía corporativa" de prácticas antisindicales. "Todas estas expresiones son manifestaciones groseras de afectación de libertad sindical", remarcó el magistrado.
Por último, Flores señaló que al interior de la empresa se vulneró "la existencia de un derecho constitucional que garantiza una libertad de asociación", el cual se vio reflejado en un clima antisindical, configurado por varios episodios, entre ellos el despido de dirigentes sindicales.
En el acta, se lee que las firmas denunciadas "han incurrido en prácticas lesivas de la libertad sindical al entorpecer reiteradamente la libertad de afiliación de los trabajadores que detentan la categoría de jefes y subjefes de sucursal, libertad que accede al Sindicato Interempresa de Trabajadores Pacific Fitness".
Finalmente las firmas involucradas fueron condenadas a las siguientes multas prescritas en el artículo 292 del Código del Trabajo: 300 UTM cada una, respecto de Gimnasios Cordillera Limitada y Gimnasios Santiago limitada; 150 UTM a Gimnasio La Cañada Limitada y 50 UTM a Sport Center Chile Limitada. "Esta sanción está fundamentada particularmente en la específica hostilidad e intensidad de esa hostilidad reiterada en el tiempo, manifestada en múltiples acciones y desarrollada en una filosofía colectiva que ha colonizado a los mandos empresariales, que desarrolla la jefatura de Fritz Bartsch y que imprime como filosofía corporativa en el grupo de empresas que ha significado una lesión gravísima al Sindicato Interempresa", además de otras sanciones.
Para Jorge Arredondo, director del Grupo Laboral de Albagli Zaliasnik (AZ), se trata de "una de las consideraciones jurídicas más aplastante del último tiempo, atendido a que reprocha una conducta empresarial orquestada de atentado contra la libertad sindical. Seguramente marcará un hito y fijara un parámetro para tener en cuenta en cuanto a la dinámica de las relaciones laborales".
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