Proyecto de teletrabajo del gobierno garantizará el derecho a limitar el "grupo de Whatsapp de la pega"
Empresas deberán implementar un reglamento interno para aplicar este resguardo legal, el cual deberá ser registrado en la Dirección del Trabajo.
Por: Carolina León
Publicado: Miércoles 12 de junio de 2019 a las 13:05 hrs.
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¿Recuerda el pronunciamiento de Contraloría sobre el uso de Whatsapp? En esa oportunidad, la entidad señaló que no corresponde el uso de dicha aplicación para el envío de instrucciones al teléfono móvil particular de un funcionario público, agregando que la vía para ello es el correo institucional correspondiente.

Dicho pronunciamiento se trató del primer lineamiento de la entidad en relación al conocido derecho a "desconexión digital" de los trabajadores, sin embargo, el pronunciamiento de Contraloría solo aplicaría para los funcionarios del sector público, quedando los del sector privado, sin ninguna protección al respecto.
Pero habría buenas noticias para el resto de los trabajadores del país, ya que el proyecto de ley impulsado por el Ministerio del Trabajo sobre teletrabajo -trabajo a distancia-, tiene incorporado un artículo sobre la desconexión digital.
La iniciativa en cuestión señala de forma expresa en el artículo artículo 152 quáter B que si un trabajador presta servicios "teletrabajando", mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones, o bien, cuando los servicios prestados deban reportarse mediante tales medios "las partes podrán acordar que el trabajador quede excluido de la limitación de jornada de trabajo de conformidad con lo señalado en el inciso cuarto del artículo 22", pese a eso, la ley contemplaría que en tal caso el empleador deberá "garantizar el derecho a desconexión de los trabajadores, tomando todas las medidas necesarias que permitan que el trabajador goce de tiempos en los cuales no estará obligado a responder comunicaciones, órdenes u otros requerimientos de su empleador, respetando su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como su intimidad personal y familiar".
Para lograr dicho objetivo, la normativa señala que el empleador deberá elaborar una política interna en la que se fijarán las modalidades del ejercicio de este derecho de desconexión y la forma en la cual se garantizará. "Dicha política deberá constar en el reglamento interno de la empresa y ser registrada en la Inspección del Trabajo. El tiempo de desconexión entre jornadas deberá ser al menos equivalente al tiempo de descanso diario que deben tener los trabajadores de conformidad a las reglas generales contenidas en los artículos 22 y siguientes", dice la propuesta de texto legal.
En relación a por qué se incorporó tal materia, el ministro (s) del Trabajo, Fernando Arab, explicó que "el derecho a desconexión es una propuesta muy innovadora que estamos planteando en el proyecto de trabajo a distancia, que lo que busca es resolver la inquietud que tenían algunos parlamentarios respecto de que las personas que teletrabajen, no se vean expuestos a estar una cantidad de tiempo importante que supere el tiempo normal de trabajo prestando la jornada", dijo.
"Es un derecho a desconexión que ya existe en ciertas legislaciones europeas como en Italia y Francia, pero que no existe aún en ningún país latinoamericano, por lo tanto seriamos bastante innovadores", planteó Arab.
La iniciativa por estos días se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado.
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