Más obligaciones y nuevas sanciones incluye el proyecto de probidad pública del gobierno
Las sanciones van de 10 a 30 UTM e, incluso, llegan a inhabilitar entre 60 días a tres años a las autoridades que no cumplan con la declaración de patrimonio.
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 9 de mayo de 2011 a las 05:00 hrs.
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Evitar que las autoridades o altos funcionarios del gobierno puedan tomar decisiones influenciadas por sus intereses personales, es uno de los principales objetivos del proyecto de ley de probidad en la función pública que ingresó el gobierno -sin ninguna urgencia- el pasado martes al Congreso.
La iniciativa del Ejecutivo -que fue trabajada con parlamentarios de todos los sectores políticos- unió, en un solo paquete, la declaración de patrimonio e intereses y el mandato, antes conocido como fideicomiso ciego.
A diferencia de la legislación vigente, este proyecto de ley obligará a autoridades de la administración del Estado y a funcionarios que no lo sean a “la singularización de todas aquellas actividades y bienes del declarante con la indicación de la valorización de cada uno de ellos”. Y deberán incluir “sus bienes inmuebles en el país o en el extranjero, vehículos motorizados y otros bienes muebles sujetos a registro público. Además, se debe declarar toda clase de derechos o acciones en comunidades o sociedades constituidas en Chile o en el extranjero, valores, que se transen o no en bolsa, en Chile o en el extranjero”. También, la declaración de las autoridades deberá comprender los contratos de mandato de administración de activos y créditos, cuentas por cobrar, saldos de precio, en la medida que tengan un valor igual o superior a las 300 UTM.
Nuevas sanciones
De acuerdo a la iniciativa, el plazo de presentación para las declaraciones son 60 días tras haber asumido el cargo, la que deberá actualizarse cada cuatro años y su actualización deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes al término de sus funciones. Quienes no cumplan con la normativa serán sancionados con multas que van desde las 10 hasta las 30 UTM. La misma multa se cobrará si se ingresan datos inexactos o si se omite información relevante. Si se mantiene el incumplimiento por más de cuatro meses, se sancionará con la suspensión sin goce de remuneraciones. Asimismo, se sancionará a quien al cese de sus funciones no actualice su declaración y si insiste en la no actualización o incumplimiento en la materia la sanción podría legar a incluso inhabilitar especial y temporalmente, desde 60 días a tres años, para ejercer cualquier cargo o empleo público, sea o no de elección popular. Para quienes sean destituidos y que no cumpla con actualizar sus declaraciones se establecerán mayores sanciones que las anteriormente mencionadas. Para alcaldes y concejales las multas serán distintas y serán aplicadas por la Contraloría.
El “Mandato”
A diferencia del proyecto de fideicomiso ciego que presentó el gobierno anterior donde se establecía que las personas que tuvieran un rango de fortuna superior a los US$ 20 millones podrían someterse a “un sistema que le garantice a Chile que no haya ninguna confusión entre su vocación pública y sus intereses patrimoniales”, dijo el entonces ministro José Antonio Viera- Gallo. En tanto, el proyecto del gobierno del presidente Piñera no contiene monto y más bien pone el acento en que la autoridad debe entregar a un tercero la administración de “determinados valores considerados como conflictivos por la ley”.
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