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REGÍSTRATE AQUÍSi no existe la referida figura convenida, el servicio recalcó que no aplican los alcances de la ley.
Por: Equipo DF
Publicado: Miércoles 16 de junio de 2021 a las 04:00 hrs.
Recientemente, el servicio liderado por Lilia Jerez volvió a referirse a la norma que regula el teletrabajo y sus alcances en el mundo educacional.
A través de un nuevo dictamen, la DT sostuvo que “nada impide que los docentes y asistentes de la educación puedan pactar con sus empleadores, ya sea al inicio de la relación laboral o durante su vigencia, la prestación de servicios bajo las modalidades trabajo a distancia o teletrabajo”.
El pronunciamiento llama la atención, en especial al considerar que es el primero en el cual el servicio abre la puerta a que los docentes -luego de un acuerdo con sus empleadores- puedan acceder a los beneficios que contempla la norma que regula el teletrabajo.
Anteriormente, tanto la Contraloría, como el Ministerio de Educación y la propia DT habían señalado que la norma no aplicaba a este universo de trabajadores.
Sin embargo, para que los docentes tengan acceso a los alcances de la norma, debe existir un pacto. De no haberlo, no aplican los alcances de la Ley.
Pese a esto último, el dictamen agregó que corresponde al empleador administrar su empresa, por lo cual es el empleador quien, en toda modalidad de prestación de servicios por sus trabajadores “debe proveer los elementos o materiales necesarios para que sus dependientes puedan realizar las labores convenidas en sus contratos de trabajo”.
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