Política

Ley de protección al empleo: Pago del 50% de las cotizaciones está sujeto a aprobación parlamentaria si gobierno introduce articulo "en contra sentido"

La iniciativa fue aprobada con una indicación que dice que el empleador sólo pagará el 50% de las cotizaciones laborales durante la suspensión del vínculo. Antes de dicha indicación, el empleador debía pagar la totalidad de las cotizaciones del trabajador.

Por: M. Espinosa | Publicado: Miércoles 1 de abril de 2020 a las 09:53 hrs.
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Esta mañana la ministra del trabajo, María José Zaldivar, fue entrevista por T13 Radio para profundizar su visión sobre el despacho del proyecto de ley de protección del empleo. Una normativa que ha tenido una intensa discusión y que ayer en la votación de la sala del Senado -con 40 a favor y 3 abstenciones- y de la Cámara de Diputados -con 90 a favor y 7 en contra- finalmente terminó por destrabar su tramitación.

Según la titular de la cartera, los empleados pueden acogerse a los beneficios de esta normativa por despido durante la crisis sanitaria. "En el caso de una pandemia al ser de carácter temporal, según lo que los tribunales han dispuesto hasta ahora, no tendría la connotación de fuerza mayor", sostuvo.

Ahora, señaló Zaldivar, en el caso de que exista un acuerdo entre las partes y ocurre un despido por diferentes causales el empleador podría "retrotraer y acogerme a la ley. Hablamos de despidos recientemente notificados y que todavía no son configurados. Sabemos que hay muchos empleadores desesperados y que no sabían cómo mantener los sueldos si esta ley no se aprobaba. Hablamos de PYMES donde sus flujos mensuales son los que pagan los sueldos".

Pago del 50% de las cotizaciones

A última hora el proyecto fue aprobado con una polémica indicación, con la cual el empleador sólo pagará el 50% de las cotizaciones laborales durante la suspensión del vínculo. Antes de dicha indicación, el empleador debía pagar la totalidad de las cotizaciones del trabajador.

Frente a esto, la ministra defendió que dicho artículo fue aprobado durante la tramitación de la normativa y no a última hora. 

De este modo, explicó que "en el caso de la suspensión el pago que harán los empleadores fuera equivalente a los ingresos que iba a estar percibiendo efectivamente los trabajadores. Uno de los cálculos del giro de seguro de cesantía arrojaba aproximadamente un 50%", dijo la titular.

Sin embargo, anticipó que dicho artículo está sujeto al compromiso de que el Ejecutivo envie una indicación en "sentido contrario", que se enviará en conjunto con otras leyes que se tramiten en el Congreso. que establecerá que "en vez de pagarse cotizaciones previsionales respecto de los ingresos que percibir el trabajador de forma efectiva, la obligación del empleador será pagar las cotizaciones respecto a las remuneraciones que estén al inicio del beneficio". 

En este sentido, la ministra dijo que de cara a la emergencia sanitaria se estableció un plazo de doce meses para que los empleadores se pusieran al día en el pago de las cotizaciones previsionales, apuntando en a una futura recuperación post crisis. 

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