Oficios dan cuenta que se permitiría a parlamentarios hacer campaña en el plebiscito con cargo a las asignaciones
Si bien, los documentos aclaran que sólo podrán centrarse en aspectos pedagógicos y de incentivo a la participación ciudadana, no será fácil fiscalizar que se cumpla con esa restricción, aseguran quienes saben de su existencia.
Por: Claudia Rivas A.
Publicado: Lunes 31 de agosto de 2020 a las 10:52 hrs.
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En el marco del debate de la rebaja de la dieta parlamentaria, hubo legisladores que osaron ir más allá, proponiendo incluir en la discusión la reducción de las asignaciones, idea que no prosperó por concitar un respaldo muy minoritario.
El principal argumento en contra de la medida era que estos recursos no van a parar al bolsillo de los honorables y que, en cambio, son destinados a la realización de su labor representativa. Pues bien, en virtud de los Oficios Número 15 y 16 del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias con cargo a estos recursos, los senadores y diputados podrán hacer difusión pedagógica del plebiscito e incentivar a la participación.
Ambos oficios dirigidos con fecha 9 de marzo de 2020 a los en ese entonces presidentes del Senado y la Cámara, Jaime Quintana (PPD) e Iván Flores (DC), respectivamente no han sido revocados y entre los parlamentarios esperan, en cambio, que sean ratificados con un nuevo documento actualizado para el 25 de octubre.
Los documentos fueron respuestas a "consultas" realizadas en ese entonces por los propios legisladores a las administraciones de ambas cámaras "respecto de la procedencia de la imputación a la asignación parlamentaria –en el ítem Gasto de Difusión-" y, en específico, "sobre la realización del próximo plebiscito del día 26 de abril", al consejo encabezado por el exsenador Andrés Zaldívar.
A raíz, de la preocupación expresada tanto por senadores como por diputados, el organismo acordó, por unanimidad, autorizar a los legisladores a hacer campaña con cargo del citado ítem.
El órgano fiscalizador toma la determinación, pese a que reconoce que de acuerdo a una resolución vigente "existe una explícita prohibición de financiar, con cargo a las asignaciones parlamentarias, actividades electorales o de campaña, toda vez que ellas escapan a la función parlamentaria".
Facultad legislativa y representativa
Así y todo, el consejo le otorga al plebiscito un "carácter excepcional", en cuanto a elecciones se refiere, porque "establece un mecanismo para reformar la actual Constitución y determina un procedimiento para elaborar una nueva", lo que a su juicio se enmarca dentro de las atribuciones parlamentarias, tanto en el ámbito legislativo como representativo.
En base a esta consideración el órgano informa, a través de los citados oficios, que "quedan autorizados los gastos de difusión que se imputen a las asignaciones parlamentarias", aunque advierte que se deberán utilizar sólo con el objetivo de difundir y explicar el proceso e "incentivar la mayor participación ciudadana posible".
Como no ha habido un oficio posterior que revoque este de marzo, los parlamentarios podrán hacer campaña con cargo a las asignaciones en el proceso electoral del 25 de octubre, con las restricciones antes mencionadas.
Pese a que quienes conocen los documentos observan que no será fácil fiscalizar que, en el marco de explicar la importancia del plebiscito y el llamado a participar, los parlamentarios se inhiban de dar a conocer su posición e insten a inclinarse por la misma, ya sea "apruebo" o "rechazo", en reuniones de carácter más privado, como las que se deberán hacer producto de la pandemia, que restringe encuentros masivos.
Por otra parte, otros tienen una mirada más drástica y aseguran que actualmente es más complejo eludir la fiscalización, ya que los parlamentarios que contraten difusión deben dar cuenta de los gastos, con documentos en mano. No obstante, admiten que siendo más difícil eludir la norma, es complejo asegurar 100% que no haya quienes se arriesguen a hacerlo.
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