Caso Serrano marca hito con mayor pena de cárcel efectiva en delito a mercado de valores
Condenaron con 15 años de presidido al dueño de la Corredora Serrano, Tomás Serrano, y once años para Jorge Fuenzalida, su gerente comercial.
Por: R. Jara / M. Bermeo / J. Catrón
Publicado: Martes 16 de diciembre de 2014 a las 05:00 hrs.
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Una condena "ejemplificadora" es la que entregó ayer el Cuarto Tribunal Oral en lo penal a Tomás Serrano, al ex dueño y gerente general de la corredora de Bolsa Raimundo Serrano Mc Aulliffe, obligándole a cumplir 15 años de prisión efectiva. Para Jorge Fuenzalida Barraza, ex gerente comercial de esa intermediaria, la condena fue de once años.
El dueño de la corredora y su ejecutivo fueron declarados culpables como autores de delitos reiterados de uso indebido de custodias (descrito en la Ley de Mercado de Valores) y de estafa, al haber captado fondos de clientes sin ejecutar las operaciones encargadas, apropiándose de una suma aproximada de $ 250 millones. Adicionalmente, Serrano fue declarado culpable por entrega de información falsa a la Superintendencia de Valores y Seguros.
Éste es el primer caso en que la justicia dicta prisión efectiva para acusados de delitos de uso indebido de custodias y otros relacionados con la Ley de Valores.
Para Manuel Garrido, abogado de Toronto Trust y otros once querellantes, el juicio fue ejemplificador, pues "se rompió la barrera sociológica que históricamente ha habido a propósito de delitos económicos, de cuello y corbata". Tras conocer la resolución, el fiscal José Manuel Ramírez manifestó su conformidad con las penas que calificó de "altas" y que "reflejan la gravedad de las conductas".
El abogado defensor y ex fiscal, Alejandro Peña, reiteró que "no hubo estafa" y sugirió que la instancia puede ser escalada a tribunales superiores. "Están pendientes todavía los recursos procesales. Es un asunto que amerita que la Corte Suprema o de Apelaciones lo conozcan, y no cabe duda que una vez conociendo el fallo ya en definitiva, pueda llegar incluso a conclusiones distintas", afirmó el profesional.
La opción que le queda a los condenados es la de presentar un recurso de nulidad, teniendo un plazo de 10 días corridos para hacerlo. Si fuera declarado inadmisible, Serrano y Fuenzalida deberán cumplir, desde ese mismo día, su condena, la que en todo caso se rebajará a 11 y 9 años, pues se les descontarán los 3 años de prisión preventiva y arresto domiciliario que debieron cumplir. Por el contrario, si se admite el recurso, se estima que tardaría un plazo de uno o dos meses en tramitarse.
Las penas
Por el delito de uso indebido de custodias y entrega de información falsa, Serrano fue condenado a nueve años de cárcel. A lo anterior se suman otros seis años de presidio por el delito de estafa.
En tanto, Fuenzalida fue condenado a cinco años de cárcel por el uso indebido de custodias, además de otros seis años de presidio por el delito de estafa.
Mouriel Carramiñana, abogada de un grupo de querellantes, explica que el tamaño de la condena se debería a la extensión del mal causado; mientras que Garrido señaló que el tribunal escuchó a Serrano y Fuenzalida, "pero ellos fueron incapaces de probar ningún punto de su defensa. Los querellantes hicieron el trabajo de presentar pruebas y testigos , que la defensa no logró destruir el valor de su testimonio".
Mientras se hacen efectivas las penas, tanto Serrano como Fuenzalida quedaron con arresto domiciliario total y arraigo nacional. Asimismo, el tribunal acogió las demandas civiles interpuestas en contra de Serrano y Fuenzalida, condenándolos "a pagar solidariamente como indemnización civil, a título de daño emergente y daño moral".
Una sentencia ejemplarizadora
Según abogados de la plaza, la condena de ayer marca un hito, pues "desde la vigencia de la reforma procesal penal este es el primero de relevancia y con una pena ejemplarizadora y efectiva".
Un caso anterior que tuvo condena de prisión efectiva fue el caso Inverlink, pero que se tramitó bajo el sistema antiguo del Código de Procedimiento Penal de 1906 en que el juez instructor -del Crimen- investigaba, acusaba y condenaba o dictaba sentencia; ese sistema era escrito de expediente y no oral. En el caso específico del caso Inverlink, en vez del juez del crimen y por la alarma pública causada, la Corte designó un Ministro en Visita.
Escenario podría cambiar para causas pendientes
En algunos círculos se hablaba de la existencia de cierta "confianza" en que los delitos relacionados al mercado de valores no llevaban a la cárcel.
Bueno, esa confianza se quebró ayer. Porque luego de la condena obtenida por la Fiscalía Centro Norte en el llamado caso Serrano, logrando la pena de presidio efectivo más importante en este tipo de delitos, el escenario podría cambiar en algunas de las causas que se encuentran pendientes en el Ministerio Público.
Esto porque según afirman abogados del proceso, la sentencia marca un hito, tanto por los años de presidio, como también porque es la primera que se obtiene bajo el "nuevo" sistema procesal -Inverlink se desarrolló en el marco del sistema antiguo-. Además, el tribunal dictó exactamente lo que pedía la fiscalía.
Serrano y Fuenzalida fueron condenados por uso indebido reiterado de custodias, ocurrido durante de 2009, mientras se desempeñaban en la corredora de bolsa "Raimundo Serrano MacAuliffe".
En casos anteriores, los acusados nunca llegaron a prisión efectiva.
Cabe recordar que en la desaparecida corredora Alfa, Leonidas Alejandro Contín Naranjo, fue condenado a una pena de 61 días de presidio por el delito de quiebra fraudulenta.
Pero el tribunal le concedió el beneficio de la pena remitida, siendo reemplazada por firma mensual durante un año.
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