Energía

Banco alemán pide la quiebra de María Elena Solar: acusa millonaria deuda

KfW IPEX-Bank GmbH pidió a la justicia oficiar a la CNE y a la superintendencia del rubro, para que informen si la liquidación concursal de la firma de energías renovables compromete o no la suficiencia de un sistema eléctrico.

Por: J. Troncoso Ostornol | Publicado: Miércoles 18 de enero de 2023 a las 10:14 hrs.
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Foto: Bloomberg
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El banco alemán KfW IPEX-Bank GmbH presentó una demanda de liquidación forzosa en contra de la empresa María Elena Solar. En su presentación a la justicia, acusó una millonaria deuda. La entidad es el único financista del proyecto de generación desarrollado por la filial de la española Solarpack, con un crédito por US$ 91 millones.

María Elena Solar fue la primera empresa de energías renovables que encendió la alerta por la cadena de pagos en el sistema eléctrico, informando al Coordinador Eléctrico -el 29 de septiembre del año pasado- que dejaría de suministrar su contrato regulado asociado a la planta solar María Elena de 104 MW. En concreto, declarando la imposibilidad de pago y que se cobraran las deudas con boleta de garantía.

A fines del año pasado, representantes del banco alemán se reunieron con el secretario ejecutivo de la CNE para conversar sobre la situación de la generadora. En el registro de la cita se detalló que ejecutivos de la entidad financiera, acompañados por asesores jurídicos, plantearon “la situación que afecta al proyecto María Elena Solar (Solarpack), del cual son los principales financistas, y los pasos que planean seguir respecto de la situación financiera de la empresa de generación renovable".

El pasado 9 de enero, el banco presentó la solicitud de liquidación forzosa en contra de la eléctrica. Explicó que es beneficiario y tenedor de nueve pagarés suscritos a su orden por María Elena Solar, por US$ 91 millones, por concepto de capital, cada uno de ellos pagadero en 77 cuotas.

“Sin perjuicio de lo anterior, además de los créditos que constan en los títulos ejecutivos invocados, existen otros créditos de KfW en contra de María Elena Solar que no constan en títulos ejecutivos y que serán verificados una vez declarada la liquidación, en la oportunidad correspondiente”, dijo el banco.

Luego, explicó que las cuotas 1 a 11 fueron debidamente canceladas por la empresa de energía, por lo que, se aseguró, el capital ya pagado alcanza los US$ 11,4 millones.

“María Elena Solar debió pagar a KfW los días 30 de septiembre y 31 de diciembre de 2022, las cuotas N° 12 y 13, respectivamente. Sin embargo, al día de hoy dichos pagos no se han verificado, a pesar de tratarse de obligaciones líquidas y actualmente exigibles”, sostuvo el banco.

Añadió que el no pago de dichas cuotas permite a KfW exigir la cancelación de todos los montos adeudados bajo los mismos, facultad que –destacó- se ejerce con la mencionada demanda de liquidación.

“Cabe señalar que, como es un hecho público y notorio, el cese en el pago se debió a la imposibilidad patrimonial de María Elena Solar de hacerlo, dado el estado de insolvencia en que se encuentra”, dijo el banco alemán.

Añadió que tales fueron también las razones por las cuales  María Elena informó al Coordinador Eléctrico Nacional con fecha 29 de septiembre de 2022 que se encontraba en la imposibilidad de seguir cumpliendo con sus obligaciones derivadas de los Balances de Transferencias Económicas; fue excluida del Mercado de Corto Plazo por el Coordinador Eléctrico Nacional desde el 1 de octubre de 2022; y se ejecutó, por parte del Coordinador Eléctrico Nacional, la boleta de garantía entregada por la empresa para asegurar el cumplimiento de la cadena de pagos, por un monto de $ 2.507.094.197.

“A la fecha, María Elena Solar sigue fuera del Mercado de Corto Plazo y no ha repuesto la boleta de garantía antedicha”, dijo la entidad financiera.

KfW, además, solicitó a la justicia oficiar a la Comisión Nacional de Energía y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con el objeto de que informen si la liquidación concursal de María Elena Solar S.A. compromete o no los objetivos a los que se refiere el artículo 72°-1 del referido DFL N°4 del año 2007 o la suficiencia de un sistema eléctrico.

Diario Financiero intentó sin éxito tener una versión oficial de la empresa de energías renovables.

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