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REGÍSTRATE AQUÍLa figura de sancionar en base a presunciones dará que hablar en el caso Gálmez, al igual que en su antecesor D&S-Falabella.
Por: Equipo DF
Publicado: Martes 26 de agosto de 2008 a las 05:00 hrs.
La figura de sancionar en base a presunciones dará que hablar en el caso Gálmez, al igual que en su antecesor D&S-Falabella.
Porque en su formulación de cargos realizada el 13 de junio de este año a los ex controladores de Almacenes Paris, la SVS explicitó que encontró que “fluyen fundadas presunciones” para estimar que los tres hermanos Gálmez no observaron el deber de abstenerse de comprar acciones aunque contaban con información privilegiada.
Ésta es una de las tres figuras infraccionales que aparecen en la Ley de Mercado de Valores que puede sancionar la SVS.
Las otras dos son el uso de información privilegiada y la falta al deber de reserva de promulgar esa información a terceros.
Así, fue que formuló este cargo a los ex controladores de la multitienda, y les dio diez días para realizar sus descargos.
Una vez conocidos los descargos de la defensa liderada por el estudio Barros y Errázuriz, el lunes 18 de agosto de 2008, exactamente cuatro años después de ocurridas las transacciones cuestionadas, la SVS aplicó las multas respectivas para los tres hermanos. Como ex gerente general de Paris, José Miguel recibió una multa de UF 1.122, equivalente a unos $ 23,2 millones, mientras que sus hermanos José Antonio y Luis Alberto fueron sancionados cada uno con UF 1.119 ( $ 23,1 mi llones), que totalizan alrededor de US$ 134 mil.
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