Este lunes, el Instituto de Salud Pública (ISP), publicó en el Diario Oficial una resolución en la que instruyó que todos los productos farmacéuticos que contienen el principio activo tirzepatida -en cualquiera de sus presentaciones- deberán incluir folletos de información, ya sea para los profesionales médicos o los pacientes, de que se han conocido casos de malnutrición por la mala utilización de estos medicamentos.
En específico, esta medida afecta a Mounjaro, un medicamento inyectable de uso subcutáneo de la compañía estadounidense Eli Lilly, que se utiliza para tratamientos de diabetes tipo 2 y para apoyar la reducción y/o mantenimiento del peso en adultos con obesidad.
La resolución del ISP explica que un boletín elaborado por Health Canada en 2024, comunicó que en pacientes que reciben Mounjaro se han reportado casos de malnutrición, “incluyendo eventos serios y mortales, por lo que se debería considerar pautas nutricionales y suplementación en estos pacientes, así como la discontinuación de la terapia en casos en los que la malnutrición sea severa o persistente”.
Dicho esto, la instrucción del ISP fue que, de ahora en adelante, Mounjaro y todos los demás productos que utilicen tirzepatida deberán incluir un folleto con la advertencia.
Las alertas
En el caso de la venta a profesionales, el folleto debe advertir que los riesgos asociados incluyen deficiencia de vitaminas, minerales y proteínas y bajo peso corporal, por lo que se debe considerar administración de soporte nutricional equilibrado, además de eventualmente evaluar la interrupción del tratamiento.
En tanto, el folleto de información directo al paciente debe interpelar: “Si usted está usando tirzepatida, es muy importante que vigile de cerca su alimentación. Se han reportado casos de malnutrición –algunos de ellos graves– en personas que reciben este tratamiento. Esto ocurre porque el medicamento reduce drásticamente el apetito, lo que puede llevar a comer mucho menos de lo que el cuerpo necesita para funcionar de manera saludable”.
La resolución del ISP también ordenó a los titulares de los productos que contienen tirzepatida que incluyan estos folletos y los sometan a la aprobación del Instituto en un plazo que no exceda los 90 días hábiles.
Asimismo, “todo registro sanitario de producto farmacéutico que contenga el principio activo tirzepatida en su composición, o que se conceda o sea solicitado con posterioridad a la publicación de la presente resolución, deberá cumplir con las exigencias establecidas en ésta”.