¿Qué implica el capítulo 11 de la ley de quiebras de EEUU al que se acoge Latam?
Son dos las firmas legales, en Chile y Estados Unidos, que asesorarán a Latam en este proceso.
Por: K.Peña y C. Bohle
Publicado: Martes 26 de mayo de 2020 a las 09:19 hrs.
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Al igual como lo hizo la colombiana Avianca hace sólo dos semanas, la madrugada de este martes Latam Airlines y sus filiales en Chile, Perú, Colombia, Ecuador y Estados Unidos iniciaron un proceso voluntario de reorganización y reestructuración de su deuda bajo la protección del Capítulo 11 de los EEUU.
La medida viene a confirmar la compleja situación que enfrenta la aerolínea desde el inicio de la pandemia provocada por el Covid-19 que implicó restricciones en los vuelos y el consiguiente efecto en tráfico e ingresos de la empresa.
Pero, ¿Qué implica acogerse al capítulo 11? Según el abogado Andrés Mena, socio de Paul Hastings LLP en New York, acudir a este procedimiento es una de las alternativas que permite a las empresas iniciar un proceso de reorganización y reestructuración de sus pasivos, donde su esencia es que se entiende que la compañía aun es viable y, por lo tanto, tiene permitido seguir operando mientras analice un plan de pagos a sus acreedores.
Esto significa, además, que no se puede demandar a la deudora y todas las acciones en contra de ella quedan inhibidas para que pueda seguir operando
Según los expertos, la herramienta que ofrece la ley norteamericana es un camino lógico y esperable de acuerdo a la delicada situación que enfrenta la compañía. A juicio de los abogados, acogerse a este procedimiento otorga, entre otras ventajas, la posibilidad de negociar de mejor forma frente a sus acreedores, alcanzando cosas como rebaja de tasas, o acordar plazos más extensos para cumplir con las obligaciones financieras.
Otra ventaja de acogerse al Capítulo 11, es que es una opción reconocida por acreedores de todo el mundo, teniendo una trayectoria "extremadamente eficiente y respetada", dice Diego Messen, socio de Moraga & Cia. De hecho, según detalló, Latam tenía opción de acogerse a una reorganización judicial en Chile, pero si uno se detiene a analizar las estadísticas de empresas que se acogen al Capítulo 11, "las que terminan quebrando son poquísimas a diferencia de lo que sucede en Chile. Lo bueno de la legislación norteamericana es que te entrega más garantías de llevar un proceso de reorganización eficiente".
En tanto, si bien otra alternativa de las que considera la norma de EEUU era acogerse al capítulo 7, que es una quiebra, los abogados señalan que esta no era una opción para la firma área, considerando que, desde todos los puntos de vista analizados, Latam sigue siendo una empresa viable en el tiempo.
¿Qué viene ahora en la reorganización de Latam?
De acuerdo a lo señalado por Mena, lo que viene por delante es que la firma aérea tenga que aprobar "las mociones de día". Estas son una serie de permisos que Latam obtendrá para seguir operando, para pagar a sus empleados, a sus gerentes y acreedores. Luego, posiblemente, se comenzarán a originar diferentes comités de sus acreedores. Estos, dependiendo el tiempo que tarden en llegar a un acuerdo, definirán cuan rápida o lenta sea su reorganización", la que de todos modos tomará máximo 180 días.
En paralelo, según explica Orlando Palominos, abogado del equipo de Insolvencia y Reorganización de Morales & Besa, Latam debiera entrar en un proceso de negociación con sus acreedores a fin de alcanzar la reestructuración integral que anunció en su hecho esencial. "Adicionalmente, también debiera formalizar el crédito Debtor in possesion (DIP) anunciado en su presentación, y que sería otorgado por algunos de sus accionistas". Esa figura equivale a un crédito preferente sobre los anteriores.
Al aplicarse esta figura, según explicó Palominos, se obtiene financiamiento para, en general, solventar sus operaciones mientras dura el procedimiento. Una de las ventajas para quien otorga los recursos es que podría tener preferencia sobre cierta deuda pre existente.
Respecto a los plazos, Álvaro Lavín, socio de Constantinidis y Lavín abogados, dice que el plan que presente Latam en cuanto a su reorganización financiera no debería tardar más allá de lo esperado por la empresa (180 días).
Messen señala que lo que demore en presentar un plan de acción dependerá "absolutamente de cómo se esté moviendo el Covid-19. Ellos (Latam), estiman que reiniciarán con sus operaciones importantes desde junio en adelante. Sin embargo, si desde esa fecha el coronavirus impide que sus vuelos se desarrollen de la forma en que tienen previsto, evidentemente no va a tener un resultado muy favorable y los plazos se tengan que extender", explicó.
Los riesgos que implica el Capítulo 11
Sin embargo, también hay riesgos propios del procedimiento. Por ejemplo, que los acreedores votaran finalmente en contra de la propuesta y se obligue a entrar en un camino de liquidación. Otros peligros es que derechamente el Tribunal considere inviable lo propuesto tras realizar su evaluación o que la aerolínea no pueda cumplir con el acuerdo pactado pese a haber conseguido la luz verde de los acreedores y de la Corte de Estados Unidos.
Pero más importante aún, será la necesidad de coordinar y hacer efectivas las protecciones de la ley norteamericana en otros países que podrían no estar familiarizados con este tipo de procedimiento, así como todos los costos que están asociados a este procedimiento, comentó Palominos.
Y es que los acreedores de otros países, tales como Chile, deberán decidir si vale la pena invertir en viajar al tribunal de EEUU y lidiar con el proceso de reorganización en dicho país o si tratarán de efectuarlo en sus las jurisdicciones locales. "Eso será interesante de ver en el caso Chile, si reconocerá o no el capítulo 11 de la ley norteamericana o no", concluye Mena.
¿Quiénes están asesorando a la aerolínea?
Según detalló, está recibiendo asesoría a lo largo de este proceso de Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP y Claro & Cia., como asesores legales; FTI Consulting como asesor financiero y PJT Partners como asesor de banca de inversión.
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