Segundo Tribunal Ambiental rechaza reclamación que buscaba dejar sin efecto RCA del proyecto Puerto Cruz Grande
El proyecto Puerto Cruz Grande fue aprobado en enero de 2015 y consiste en la construcción y operación de un puerto minero en la Región de Coquimbo.
Por: Claudia Saravia
Publicado: Jueves 25 de agosto de 2022 a las 13:35 hrs.
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Este jueves el Segundo Tribunal Ambiental, por unanimidad de sus ministros rechazó la reclamación presentada por la ONG Oceana en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que, en términos generales, buscaba declarar la caducidad de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto Puerto Cruz Grande, en la Región de Coquimbo.
De acuerdo con el análisis del Tribunal -integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), Cristián López Montecinos y Alejandro Ruiz Fabres- la sentencia fue redactada por el ministro López Montecinos, la SMA fundamentó debidamente la resolución a través de la cual dio por acreditado el inicio de la ejecución del proyecto, constatándose la realización sistemática, ininterrumpida y permanente de gestiones, actos o faenas de carácter mínimo para tal efecto.
En este sentido, la entidad señaló que las obras superaron "el carácter de mínimo requerido en los artículos 25 ter de la Ley N° 19.300 y 73 del Reglamento del SEIA”, según explica la sentencia.
Y además, descartó la existencia de vicios asociados a la falta de publicidad y de acceso a la información del expediente administrativo, pues Oceana pudo presentar su reclamación en tiempo y forma, sobre la base de los antecedentes proporcionados por la SMA.
Cabe recordar que Oceana acudió al Tribunal para reclamar contra la Resolución Exenta N° 1.776/2020 de la SMA que tuvo por acreditado el inicio de ejecución del proyecto Puerto Cruz Grande, solicitando que se dejara sin efecto y que, en su lugar, se declarara la caducidad de su RCA.
Sin embargo, según lo indica la Ley N°19.300 de bases generales del medio ambiente, la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable de un proyecto o actividad caduca cuando hubieren transcurrido más de cinco años sin que se haya iniciado la ejecución de dicha iniciativa. El inicio de ejecución deberá ser constatado por la autoridad ambiental.
Precisiones del fallo
Respecto de este proceso, el fallo del Tribunal explica que la acreditación de inicio de proyecto considera el conjunto tanto de gestiones o trámites, como de obras o faenas de carácter material, en la medida que sean conducentes a su ejecución y se realicen de manera sistemática, permanente e ininterrumpida dentro de los 5 años desde la notificación de la RCA.
Además, aclara que ley no exige la tramitación completa de dichas acciones, como tampoco la realización total de las faenas. Por el contrario, dice, aquellas que exige la ley para efectos de acreditar el inicio de ejecución del proyecto y, así evitar la caducidad de la RCA, han de ser las mínimas necesarias.
El proyecto Puerto Cruz Grande fue aprobado en enero de 2015 y consiste en la construcción y operación de un puerto minero por parte de la Compañía Minera del Pacífico S.A., en la comuna de La Higuera, región de Coquimbo. La iniciativa atenderá naves graneleras con una capacidad de hasta 300.000 de toneladas de porte bruto, brindando servicios de recepción, acopio y embarque de minerales a proyectos mineros que lo requieran. Y contempla tanto instalaciones terrestres como marítimas.
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