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REGÍSTRATE AQUÍLa Federación había demandado en Argentina a la firma liderada por Horst Paulmann con ocasión del mundial de Brasil 2014.
Por: José Troncoso O.
Publicado: Martes 7 de mayo de 2019 a las 10:45 hrs.
Cencosud ha debido enfrentar juicios civiles, tributarios, laborales y marcarios, entre muchos otros. Pero hay uno que se mantenía bajo absoluta reserva en Argentina, y que recientemente tuvo una sentencia definitiva por parte de la Corte Suprema del vecino país.

Todo partió en 2013, cuando la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) inició una acción judicial al otro lado de la cordillera, en contra de la compañía liderada por Horst Paulmann con ocasión del mundial de Brasil 2014.
El juicio fue iniciado por la FIFA a raíz de la ejecución por parte de la empresa de retail de una promoción de venta para su tarjeta de crédito Cencosud en la que ofrecía como premio el traslado y alojamiento de cuatro personas a Brasil para presenciar los dos primeros encuentros que disputaría la Selección Argentina, mencionando inicialmente en la publicidad que el viaje en cuestión era para presenciar encuentros del mundial “Brasil 2014”, frase que está bajo el dominio de la Federación Internacional de Fútbol Asociado.
Este organismo buscaba, entre otras cosas, que se le compensara económicamente “por el aprovechamiento indebido de sus activos intangibles” y que se publicara la sentencia condenatoria en los diarios de circulación masiva de la Argentina a costa de la demandada, y se impusieran las costas del juicio a Cencosud.
No obstante, en primera y segunda instancia, la justicia le dio la razón a la empresa de retail. Y hace unos días, la Corte Suprema del vecino país archivó la causa tras desestimar un recurso de queja en contra de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
Esta instancia, respecto a la utilización en la publicidad de la acción promocional de la frase “Brasil 2014”, señaló: “La realidad es que la promoción aludía claramente al Mundial de Fútbol que tuvo su sede en Brasil en el año 2014, y que “Brasil 2014” es una marca cuya propiedad ostenta la accionante (la FIFA), hecho público y notorio que la demandada no podía desconocer por aquel entonces, en que el público argentino, en su mayoría, aguardaba con especial interés y pasión. Empero, juzgo que en la especie la marca no fue utilizada con fines de identificación de un producto o para buscar la confusión del público consumidor… considero que se trató de un uso lícito de la frase en cuestión con el fin de promocionar un producto y que para ello se buscó la atracción del público consumidor a través de la promesa de un premio eficaz.”
Según la FIFA, la promoción de Cencosud –que no era parte del listado de auspiciadores de aquel mundial- fue lanzada meses antes del comienzo del citado evento con la siguiente frase: “Viaje a Brasil 2014 para disfrutar en familia” e incluía, entre otros premios, tíckets de acceso a los estadios para ver dos partidos del seleccionado argentino.
“FIFA es el organizador del evento y quien dispuso las condiciones de venta y adjudicación de los tíckets, estando vedado a quienes no eran sponsors oficiales del mismo la comercialización de tíckets u oferta de los mismos con fines promocionales”, sostuvo la federación.
Tras la solicitud de la organización, Cencosud modificó posteriormente la frase original por “Participa por un viaje a Brasil para disfrutar en familia en 2014”. Al responder la demanda, la empresa sostuvo que el objetivo de la campaña era atraer al público consumidor hacia su producto.
El juez de primera instancia, rechazó la demanda de la FIFA, tras lo cual el organismo apeló, también sin éxito, insistiendo que la campaña promocional de Cencosud fue engañosa al ofrecer un premio que jamás tuvo (las entradas al mundial).
“Algo tan sencillo como sincerar las deudas incobrables, no lo hicieron durante años, fueron renovando y reconocieron como que hubiese ganado el interés”, sostuvo el penalista de la AGF, Sergio Rodríguez, en el onceavo día de formalizaciones.
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