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REGÍSTRATE AQUÍSocofar arriesga una multa equivalente al doble del beneficio económico obtenido por eventuales sus conductas o el 30% de sus ventas durante el supuesto periodo afectado.
Por: D. Vizcarra
Publicado: Martes 10 de septiembre de 2019 a las 18:32 hrs.
El Tribunal de Libre Competencia (TDLC) rechazó hoy la excepción dilatoria de ineptitud que presentó Socofar, en un juicio contra dos franquiciados, quienes son dueños de doce locales de Cruz Verde, por discriminación de precios y abuso de posición dominante.
El TDLC consideró que la demanda "tiene una descripción suficientemente comprensible de los antecedentes del caso". De esta forma, según el Tribunal, el libelo contiene elementos suficientes para su adecuada comprensión, por lo que se cumple la norma, que es lo que había acusado Socofar.
Además, el TDLC señaló que que no era necesario detallar en esta etapa del proceso todos los medicamentos que fueron materia de la discriminación de precios alegada, ya que ese ejercicio corresponde al periodo probatorio.
Hay que recordar que en este proceso Socofar arriesga una multa equivalente al doble del beneficio económico obtenido por eventuales sus conductas o el 30% de sus ventas durante el supuesto periodo afectado.
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