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REGÍSTRATE AQUÍTambién estipula que se prohibirá ingreso de aquellas vinculadas con delitos.
Por: Cronista
Publicado: Lunes 30 de enero de 2017 a las 10:41 hrs.
Discusión mundial ha causado la nueva ley migratoria que está implemantandop en EEUU el presidente Donald Trump.
En medio de este contexto, el gobierno argentino modifició la Ley de Migraciones (N° 25.871) mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado hoy en el Boletín Oficial. Eso sí, a simple vista las medidas distan de la rigurosidad de las del mandatario del país del norte.
El Decreto 70/2017 busca acortar los tiempos para definir la expulsión de personas de nacionalidad extranjera con antecedentes penales, que en algunos casos hoy puede llegar a tardar 7 años, e imponer controles más estrictos para evitar que operen y permanezcan en el país.
"Ante recientes hechos de criminalidad organizada de público y notorio conocimiento, el Estado Nacional ha enfrentado severas dificultades para concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad extranjera, como consecuencia de un complejo procedimiento recursivo que, en algunos casos, puede llegar a 7 años de tramitación", señala la norma.
Ante esta situación considerada "crítica", el decreto establece condiciones más estrictas sobre las causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros en el país cuando se encuentren alcanzados por condenas penales, tengan antecedentes relacionados con ilícitos, o hayan incurrido o participado en actividades ilícitas.
Establece que no podrán ingresar al país ni permancer en él las personas que presenten documentación falsa o adulterada y omitan información sobre sus antecedentes penales; los que hayan sido condenados o cumplan una condena, o tengan antecedentes o condena "no firme" en la Argentina o el exterior por "por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad".
Tampoco podrán ingresar aquellos vinculados con "delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas" ni quienes hayan estado involucrados en actos de terrorismo, crímenes de guerra, de lesa humanidad o promuevan la prostitución.
Además, la norma dispone que "los extranjeros serán admitidos para ingresar y permanecer en el país en las categorías de 'residentes permanentes', 'residentes temporarios', o 'residentes transitorios'".
En esta línea, la medida reduce en un 50% el plazo para la "autorización de permanencia precaria", que es la que obtienen los extranjeros que iniciaron los trámites para obtener algún tipo de residencia en el país. De este modo, pasa de 180 a 90 días corridos.
Y mientras hasta ahora la prohibición para reingresar al país luego de una expulsión era de 5 años, con la modificación será de 8 años por delitos dolosos y 5 años por delitos culposos.
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