CMF emite norma para los prestadores de servicios financieros y Ley Fintech arranca el 3 de febrero
El Consejo del ente regulador ordenó a los equipos de la Comisión tener “especial atención a la necesidad de ir evaluando el impacto que vaya generando la nueva normativa”.
Por: Vicente Vera
Publicado: Viernes 12 de enero de 2024 a las 15:35 hrs.
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En menos de un mes comenzará de lleno la Ley Fintech. A través de un comunicado de prensa, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que luego de concluir el período de consulta pública para la regulación de los prestadores de servicios financieros, el marco normativo quedó establecido.
La normativa será aplicable a las empresas que se dediquen de forma profesional a la prestación de los servicios financieros establecidos en la Ley Fintech. Estos son: plataformas de financiamiento colectivo; sistemas alternativos de transacción; intermediación de instrumentos financieros; enrutamiento de órdenes; asesoría crediticia; asesoría de inversión; y custodia de instrumentos financieros.
En el cuerpo normativo se establecen los requerimientos aplicables a dichos prestadores de servicios en materia de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros; autorización para la prestación de los servicios regulados; obligaciones de divulgación y entrega de información a los clientes y al público en general; requerimientos de gobierno corporativo y gestión de riesgos; exigencias de capital y garantías; acreditación de la capacidad operacional; actividades inherentes a los servicios regulados.
La normativa regirá a partir del 3 de febrero, completando el marco normativo para los siete servicios financieros que regula CMF, según lo establecido en Ley Fintech.
El engranaje
La Ley Fintech estableció que las empresas que presten los servicios regulados deberán solicitar el registro y autorización en un plazo que no exceda de 12 meses contado a partir de la entrada en vigencia de la normativa emitida y quienes hayan presentado oportunamente las solicitudes podrán continuar realizando tales actividades hasta que la CMF resuelva las mismas.
Con la entrada en vigencia de la norma, las compañías tecnológicas deberán presentar las respectivas solicitudes de inscripción y autorización para las actividades que estuvieren realizando a la fecha de entrada en vigencia de esta normativa antes del 3 de febrero de 2025.
En tanto, en lo que se refiere a prestación de servicios de asesoría de inversión, ninguna entidad podrá prestar estos servicios a partir del 3 de febrero de 2024, sin estar inscrita en el registro y autorizadas para prestar dicho servicio por la Comisión.
El foco del Consejo
El Consejo de la CMF reconoció que la puesta en marcha de la Ley Fintech presenta un desafío regulatorio para la industria, por ello, detallaron que encargaron a sus equipos “especial atención a la necesidad de ir evaluando el impacto que vaya generando la nueva normativa y la necesidad de ir adecuándola para alcanzar satisfactoriamente los objetivos prudenciales, de conducta y de desarrollo de mercado que la Comisión se definió respecto de las actividades que se regula”.
La CMF cierra la primera etapa del proceso de implementación de la Ley Fintech, la que ha contado con diversas instancias de participación pública. Se realizaron 49 mesas de trabajo en las que participaron más de 200 personas en representación de 129 entidades interesadas en la materia. En el proceso de consulta pública de la normativa sobre prestadores de servicios financieros recibió 55 comentarios.
En una segunda etapa, vendrá la emisión de normas que establecerán los requerimientos de información necesarios para la fiscalización de los prestadores de servicios fintech y la regulación del Sistema de Finanzas Abiertas.
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