Retiro del 10%: la fórmula que estableció el gobierno para solicitar y devolver los anticipos de rentas vitalicias
En el escrito del proyecto del gobierno se responden varias dudas en torno a los anticipos de las rentas vitalicias. Las personas que opten por este anticipo deberán comenzar a pagarlo en 2023.
Por: Daniel Vizcarra G.
Publicado: Lunes 26 de abril de 2021 a las 21:20 hrs.
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Muchas dudas había generado el anuncio que realizó el domingo Presidente Sebastián Piñera sobre el proyecto previsional del gobierno que permite realizar un tercer retiro del 10% de los fondos de pensiones.
Una de las interrogantes giraba en torno al "anticipo solidario" para los pensionados por vejez e invalidez de rentas vitalicia, con cargo a las arcas fiscales, las que son respondidas en el proyecto que ingresó hoy el Ejecutivo al Congreso y que tuvo acceso DF.
De acuerdo al proyecto, el monto del anticipo será equivalente hasta un 10% de la reserva técnica de la renta vitalicia contratada, con tope de UF 100. Este se irá descontando de la en cuotas mensuales, iguales y sucesivas de un 10% de su pensión bajo esta modalidad, hasta enterar el total del monto anticipado.
La operativa
Una de las preguntas que responde el proyecto es sobre las personas que podrán acceder al 10% de la renta vitalicia. Según el documento, los pensionados de vejez e invalidez de todas las modalidades de rentas vitalicias podrán optar a él, cumpliendo ciertas condiciones.
Para poder acceder al anticipo, el jubilado deberá realizar una solicitud al Servicio de Impuestos Internos (SII), a través de medios electrónicos, a contar del décimo día de publicada la ley en el Diario Oficial y con plazo máximo hasta el 31 de diciembre de este año. En el requerimiento, se deberá especificar el medio de pago para recibir los recursos.
Los organismos encargados de verificar la información y el monto del anticipo serán la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Ambas entidades deberán de comunicar al SII la información que sea necesaria, en la forma y plazo que este establezca.
La devolución
Las personas que opten por el retiro del 10% de la renta vitalicia, devolverán los recursos a partir de 2023, los que se realizarán en cuotas mensuales, iguales y sucesivas, equivalentes al 10% del monto de la pensión de la renta vitalicia que recibe el pensionado, sin multas ni intereses, hasta la devolución total de los recursos.
El pago se hará a la Tesorería, luego de que la compañía de seguros retenga los recursos de la pensión mensual para pagar la cuota correspondiente. El SII notificará a la compañía de seguros la información para que esta tenga la información necesaria para llevar a cabo la retención del dinero.
Por su parte, el proyecto establece que la CMF estará facultada para dictar la normativa técnica necesaria para la correcta implementación de las retenciones y las transferencias.
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