Superintendencia de Pensiones pidió al Banco Central elevar límite de inversión en activos alternativos para las AFP
El Banco Central es el que debe analizar la solicitud y tomar la decisión de si lo aumenta o no, cuándo lo hace y cuánto lo sube.
Por: M. P. Infante y B. Dulanto
Publicado: Martes 12 de septiembre de 2023 a las 04:00 hrs.
Foto: Agencia Uno
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Un constante anhelo que está presente en la industria de las AFP con miras a mejorar la rentabilidad de los fondos de pensiones estaría ad portas de volverse una realidad.
La Superintendencia de Pensiones pidió al Banco Central elevar el actual límite fijado para la inversión en activos alternativos por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones, según fuentes conocedoras del proceso.
Actualmente, por ley, el límite máximo para invertir en este tipo de vehículos en las carteras de las AFP no puede ser inferior al 5% ni superior al 20% del valor del fondo para cada tipo de multifondo (A, B, C, D y E).
Actualmente el límite máximo estructural por ley está en 20%, pero el más alto que rige hoy es el del fondo A, que es de 13%. En tanto, el menor es el del E, de 5%.
Según la Asociación de AFP, el promedio a nivel mundial es superior al 20%.
No obstante, por medio de lo que establece el Decreto de Ley 3.500 -el que rige el funcionamiento del sistema de pensiones- le corresponde al Banco Central determinar los límites dentro de dicho rango.
Así, a la fecha, están fijados en 13% para el fondo A, 11% para el B, 9% en el caso del C, 6% para el D y de 5% para el fondo E, el más conservador del sistema.
Con la solicitud de la Superintendencia, ahora la decisión técnica queda en manos del Central, lo que según comentan distintas fuentes, podría ocurrir prontamente luego de que concluya la evaluación del ente rector sobre la materia.
En entrevista con DF, la presidenta del Banco Central, Rosanna Costa, fue consultada por la posibilidad de concretar esta medida y sostuvo que están “siempre abiertos a analizar diferentes aspectos de esta naturaleza u otros relacionados con nuestras funciones”.
La última vez que el ente rector autorizó un aumento de los máximos fue hace más de tres años, el 15 de abril de 2020.
Avances en el tiempo
Los activos alternativos fueron incluidos en 2017 en la Ley de Productividad, la que incorporó por primera vez la posibilidad de que los fondos previsionales accedieran en forma directa a invertir en este tipo de instrumentos (ver recuadro). El margen fijado inicialmente era entre un 5% y 15% de los activos, lo que se ha ido flexibilizado en el tiempo a medida que avanzan las inversiones en este tipo de instrumentos.
Con ello, en octubre de 2020 -a través de la ley Nº 21.276 que modifica distintas leyes con el fin de cautelar el buen funcionamiento del mercado financiero- se aumentó el rango de inversión máximo desde 15% a 20% de cada fondo.
Antes de que eso ocurriera, desde 2017 el límite para el fondo A estaba en 10%; el del B en 8%; del C en 6%; mientras que en el caso de los fondos más conservadores (D y E), estaba en 5%.
Así, con la última modificación, todos avanzaron salvo el E, que se mantuvo.
El empuje de la industria
Tanto en público como en privado, las AFP, comentan en el mercado, han señalado al regulador que es crucial avanzar hacia un incremento de los límites en este tipo de instrumentos.
De hecho, la Asociación de AFP lo planteó en una reciente propuesta de mejoras al sistema de pensiones que el gremio bautizó como “Hoja de Ruta 555” y que presentó en el Congreso en el marco de la discusión de la reforma previsional.
Así, plantearon la necesidad de perfeccionar la regulación del régimen de inversiones para mejorar el perfil riesgo- retorno de los fondos. En concreto, proponen en el corto plazo elevar los límites de inversión en activos alternativos. “En promedio a nivel internacional, la inversión en activos alternativos de fondos de pensiones es superior al 20%”, subrayó la Asociación de AFP en el documento.
Los desafíos de régimen de inversión del sistema de pensiones será uno de los temas que se tomarán la agenda en el Chile Day (ver página 15).
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