Cartas

Lecciones sobre la nueva norma antielusión

  • T+
  • T-

Compartir

Señor Director:

El Oficio Reservado Nº 32, emitido en abril por el SII sobre la aplicación de normas antielusión en una reorganización empresarial, ofrece valiosas lecciones al momento de presentar consultas vinculantes ante dicho organismo.

Primero, resalta la importancia de presentar estas consultas con toda la información necesaria para que esta herramienta proporcione certeza a los contribuyentes, evitando la generación de prejuicios por parte del organismo fiscal. En este caso, se indicó que la constitución de los empresarios unipersonales tenía como único fin enmarcar la operación dentro del artículo 64 del Código Tributario, lo que llevó al SII a evaluar el acto de forma aislada y a concluir que “evitar la generación de efectos tributarios y, más precisamente, el pago de impuestos” no puede considerarse por sí solo una legítima razón de negocios, la cual no se evidenciaría en la reorganización planteada.

Además, el oficio deja claro que el estándar del SII para validar una legítima razón de negocios es muy alto, debiendo manifestarse tanto en el conjunto de actos como en cada uno de ellos individualmente.

Finalmente, confirma que el SII está ampliando significativamente la aplicación de las normas antielusivas, como lo demuestra la reciente intensificación de los procedimientos administrativos para aplicar la norma general antielusión.

Daniela Valdés

Directora del Área de Controversias Tributarias de Bruzzone & González Abogados

Lo más leído