Anuncio de Carretera Eléctrica: más escollos y menor competencia
El ministro de Energía, Jorge Bunster, comunicó que el gobierno decidió...
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El ministro de Energía, Jorge Bunster, comunicó que el gobierno decidió no incluir la facultad de expropiar para el desarrollo de la Transmisión Troncal y que el Estado se haría cargo de establecer la faja usando las facultades de una ley de servidumbre mejorada, que está en discusión en el Congreso.
El proyecto pretende principalmente simplificar los procedimientos administrativos establecidos en la ley y reglamentos para la constitución y ejercicio de la servidumbre. Por ejemplo, permite el establecimiento de más de una comisión tasadora para un proyecto, establece procedimientos sumarios cuando surgen conflictos entre propietarios y concesionarios, facilita el mecanismo de concesión provisional para hacer más expedita la preparación de licitaciones por los interesados, introduce mecanismos de arbitraje para el caso de conflictos entre concesionarios y, acorta los plazos de los que dispone la superintendencia para pronunciarse. Se deja al ámbito del estudio de Impacto ambiental aquellos aspectos que son de interés de la comunidad y no al proceso que debe resolver discrepancias entre propietario y concesionario.
No obstante, todas estas modificaciones, que son muy importantes, se desvirtúan por la introducción de un artículo 27 ter que introduce un tercer mecanismo jurídico que permite paralizar el establecimiento de la servidumbre, con lo cual se genera un nuevo escollo en el desarrollo de la transmisión eléctrica.
Por otro lado, el mecanismo propuesto por el ministro Bunster para abordar el desarrollo del troncal, en que el Estado define la faja usando la facultad de establecer servidumbre, no resolverá el entrampamiento de los proyectos de transmisión eléctrica, con los consiguientes costos para la sociedad.
La decisión del gobierno no resuelve un problema de fondo: la superposición del derecho de propiedad sobre la tierra, protegido por la Constitución, con el derecho de un concesionario eléctrico a establecer la servidumbre. La confrontación de estos dos derechos introduce un obstáculo que puede exacerbarse si el Estado es el titular. Cuando el Estado es contraparte y no tiene suficiente capacidad y experiencia, la expectativa para los privados es que sería más fácil obtener compensaciones y, por tanto, el incentivo a litigar sería mayor.
Una buena solución para establecer el troncal eléctrico, es que el Estado realice un estudio ambiental estratégico y defina una franja amplia en la cual los privados deberían definir la faja del proyecto. Los privados pueden ser más ágiles que el Estado en este proceso, si tienen la facultad de recurrir a la expropiación, una vez que han agotado el mecanismo de establecimiento de la servidumbre eléctrica. Existe un precedente: las empresas de servicios sanitarios tienen la facultad de solicitar al MOP la expropiación para establecer ductos subterráneos. Es de esperar que el gobierno rectifique sus propuestas y se pueda avanzar en este tema, ya que las trabas en la transmisión eléctrica afectan principalmente a los consumidores inhibiendo la competencia en la generación eléctrica.