Claudio Agostini

La Polar: institucionalidad y conflictos de interés

Si bien aún no conocemos todos los detalles de lo ocurrido, el caso La Polar nos ha revelado en plenitud algunas deficiencias institucionales para detectar o prevenir este tipo de fraudes financieros...

Por: Claudio Agostini | Publicado: Jueves 28 de julio de 2011 a las 05:00 hrs.
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Si bien aún no conocemos todos los detalles de lo ocurrido, el caso La Polar nos ha revelado en plenitud algunas deficiencias institucionales para detectar o prevenir este tipo de fraudes financieros y el abuso hacia los consumidores. Adicionalmente, ha mostrado las serias consecuencias que pueden generar conflictos de interés no resueltos correctamente.

Las empresas de retail, en la práctica, operan como entes financieros y su mayor negocio es el crédito, razón por la que debieran estar sujetas a la misma regulación que cualquier banco o entidad financiera en Chile y a la supervisión directa de los mismos fiscalizadores. Sin embargo, ello no ocurre. Las tarjetas de crédito no bancarias las regula potencialmente la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras sólo si dichas tarjetas se pueden usar en establecimientos comerciales distintos al del emisor y si el emisor paga a dichos establecimientos después de tres días. Si no, la fiscalización queda sólo a cargo de un auditor externo. Como en la práctica sí pagan antes de tres días, la superintendencia no las supervisa directamente. En mi opinión, éste es el resultado de la presión ejercida por las empresas de retail en contra de una mayor fiscalización y ésta es una oportunidad para avanzar en fiscalizarlas al igual que un banco en sus negocios de crédito. Espero que el gobierno y el Congreso la aprovechen.

Adicionalmente, hay conflictos de interés que resolver. El primero, es que los auditores sean pagados por la propia empresa auditada. Ser muy inquisitivo con la empresa puede significar el término del contrato y nadie quiere morder la mano que le da de comer, lo que debilita el rol de las auditorías. Avanzar institucionalmente hacia una verdadera independencia de los auditores y las clasificadores de riesgo es un paso que hay que dar.

El segundo conflicto de interés es el de los ejecutivos y directores, que pasan a ser accionistas a través de los stock options. Si bien ello tiene la virtud de alinear sus incentivos con los de los accionistas para maximizar el valor de la empresa, la evidencia de este caso es que también generan incentivos perversos para inflar artificialmente el valor de la acción y aprovechar la asimetría de información existente en favor de los ejecutivos respecto a los accionistas. Por ello, limitar los momentos en que pueden ejercerse los stock options es importante. En otros países los ejecutivos no pueden vender sus acciones de la empresa hasta que se han retirado de ella. En La Polar, ejecutivos y directores vendieron US$ 15 millones en acciones en 2010.

Un tercer conflicto de interés ocurre al transformar un gerente general en director de la misma empresa. El directorio debe vigilar al equipo gerencial, pero un director que proviene de dicho equipo tiene fuertes incentivos para defender su gestión previa como ejecutivo y evitar que se descubran errores gerenciales ocurridos bajo su administración, lo cual impide que pueda cumplir correctamente su rol de director de la empresa.

Finalmente, hay que destacar el rol positivo que cumplió la Ley del Consumidor. Si bien el Sernac llegó a una acuerdo en 2010 con La Polar, ante el fuerte aumento posterior en la cantidad de afectados inició un juicio colectivo que permitió que estallara el escándalo. La posibilidad de entablar demandas colectivas existe recién desde el año 2004, ya que había sido rechazada en la ley del consumidor aprobada en 1997 que fue la que prohibió las repactaciones unilaterales de contratos. Algunos gremios empresariales se opusieron fuertemente a la aprobación de esta leyes y es bueno recordarlo cuando surgen casos como éste. La Cámara Nacional de Comercio se opuso a la Ley del Consumidor argumentando que “el Estado, en su papel intervencionista, genera distorsiones peores que los problemas que intenta resolver.” También se opuso la Sociedad de Fomento Fabril argumentando que “no es efectiva la afirmación de que es necesario proteger al consumidor”. ¿Seguirán opinando lo mismo después de La Polar?

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