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Constitución económica

LUIS LARRAÍN Libertad y Desarrollo

Por: LUIS LARRAÍN | Publicado: Martes 14 de junio de 2022 a las 04:00 hrs.
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LUIS LARRAÍN

La propuesta de Constitución debe revisarse como un todo para formarse una opinión definitiva, pero también puede analizarse a partir de un área específica y es lo que haremos desde la economía.

Una mirada integral del proyecto plantea una cuestión previa relevante para la economía: ¿cumple con el estándar que las democracias representativas de Occidente exigen a sus constituciones? La respuesta es negativa. La distorsión a la voluntad popular introducida por la presencia de escaños reservados, bajo la excusa de un país plurinacional ajeno a la tradición chilena, la pretensión de moldear en la Carta Magna un determinado modelo de sociedad y la eliminación del Senado, amenazan con perpetuar en el poder a una tendencia política, independientemente de las preferencias de la población. Sabemos que ese tipo de sociedades no favorecen el desarrollo económico y devienen en autocracias.

“Cierra los ojos quien afirme que la Constitución no perjudicaría seriamente la inversión y el empleo”.

Desde un punto de vista económico lo más grave del proyecto es el debilitamiento del derecho de propiedad, principalmente por dos normas. La primera es el cambio en las reglas para una expropiación por causa de utilidad pública. La Constitución vigente establece que en ese caso se deberá pagar el daño patrimonial efectivamente causado, lo que inequívocamente remite al precio de mercado o el valor presente de los flujos futuros, el cual puede ser reclamado ante los tribunales si se considera insuficiente. El proyecto, en cambio, señala que deberá pagarse el justo precio, concepto que una ley simple puede definir bajo distintos criterios. Adicionalmente, la Constitución vigente permite al propietario exigir el pago al contado, cuestión que el proyecto no hace. La inflación puede licuar el valor de lo expropiado como bien saben los chilenos.

Un segundo cambio que debilita el derecho de propiedad es el que reemplaza los derechos de aprovechamiento de agua, renovables y comerciables, por autorizaciones de uso incomerciables otorgadas por un órgano administrativo, lo que precariza la propiedad en el mundo rural y minero. En este último sector, sin que haya una declaración explícita tan lesiva para la propiedad como en el caso del agua, el proyecto de Constitución no se refiere a las concesiones, de manera que éstas que hoy día están amparadas quedarían entregadas a una ley simple en el sector de mayor inversión en Chile.

La protección del derecho de propiedad es clave para incentivar la innovación y tecnología, es base del intercambio y por ende la especialización y las ventajas competitivas.

Otro deterioro evidente a la institucionalidad económica está dado en materia fiscal, donde se elimina la iniciativa exclusiva del Ejecutivo para proyectos que irroguen gasto público y normas de seguridad social, se eliminan quórums especiales para ciertas leyes y se establecen autonomías regionales que pueden crear empresas y recaudar impuestos amenazando el equilibrio fiscal. La autonomía del Banco Central es menor por la posibilidad que los consejeros sean removidos por incumplir el objeto del Banco, que en la propuesta es más amplio. La profusión de derechos sociales garantizados amenaza el equilibrio fiscal. La actividad privada se restringe en previsión y salud.

Relativo a los costos de producción e inversión, se establece un derecho a huelga no ligado a la negociación de salarios y sin restricciones de oportunidad ni materias. Se declaran derechos de la naturaleza que complicarán la obtención de permisos ambientales a los proyectos de inversión. Cierra los ojos quien afirme que la Constitución no perjudicaría seriamente la inversión y el empleo.

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