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Matías Pinto

Núremberg, Maduro y los límites del derecho

Matías Pinto, Partner, GeoGig consulting

Por: Matías Pinto

Publicado: Lunes 5 de enero de 2026 a las 04:04 hrs.

Matías Pinto

Matías Pinto

Hay momentos en que el derecho se enfrenta a hechos para los cuales no fue diseñado. Los juicios de Núremberg fueron uno de ellos. Éstos fueron incómodos no solo porque mostraron las atrocidades del nazismo, sino porque visibilizaron algo más profundo, el derecho no tenía las herramientas para enfrentar un mal de esa magnitud. Su arquitectura había sido pensada para delitos individuales, no para una maquinaria estatal de exterminio.
Núremberg colocó al derecho ante una disyuntiva sin precedente. Aplicar estrictamente los principios vigentes -legalidad, irretroactividad de ley penal, etc.- significaba aceptar la impunidad; apartarse de ellos, implicaba aceptar un precedente riesgoso.

“El derecho internacional se enfrenta a líderes que ya no encajan en las categorías tradicionales y que actúan en el espacio difuso. El caso de Maduro es ilustrativo”.

Esa tensión reaparece hoy, con otros protagonistas. El derecho internacional se enfrenta a líderes que ya no encajan en las categorías tradicionales y que actúan en el espacio difuso. El caso de Maduro es ilustrativo.
Durante años, el derecho internacional trató a Maduro como lo que formalmente era, un jefe de Estado protegido por las reglas clásicas de soberanía e inmunidad. Sin embargo, bajo su régimen, Venezuela dejó de operar como un Estado convencional y pasó a funcionar como una plataforma híbrida, un narco-Estado en los hechos. La forma estatal se mantuvo, pero su ejercicio coexistió con el narcotráfico y el terrorismo transnacional. A ello se sumaron vínculos con la guerrilla colombiana, carteles mexicanos y operaciones con Hezbollah, Irán y Rusia.
Aquí la analogía con Núremberg cobra sentido, no por una equivalencia histórica, sino por una limitación estructural del derecho internacional frente a fenómenos donde confluyen poder estatal, crimen organizado e instrumentalización geopolítica.
En este contexto, EEUU no “improvisó” la detención de Maduro. Lo que hizo fue jurídicamente más sofisticado, lo despojó gradualmente de las protecciones del derecho internacional, reencuadrándolo no como un jefe de Estado legítimo, sino como un actor criminal no estatal, perseguible bajo derecho penal federal por narcotráfico y terrorismo, lo que le daba autorización para actuar extraterritorialmente. Fue el FBI y la DEA los que lo detuvieron, no el Ejército. Así fue explicado por Marco Rubio: “Al final del día, y en su núcleo más básico, esto fue la detención de dos prófugos de la justicia estadounidense formalmente imputados”.
Ahora bien, ¿qué nos conviene? Para Chile, el respeto al derecho internacional es un interés permanente, pero no es el único. También lo son la seguridad y la estabilidad de la región. Bajo el régimen de Maduro, Venezuela no solo vulneró sistemáticamente los derechos humanos, sino que se transformó en una fuente persistente de inestabilidad regional, afectando directamente nuestros intereses en materia de seguridad, migración y crimen organizado. En esas condiciones, la mantención del statu quo resultaba contraria a los intereses estratégicos de Chile.
Como en 1945, reaparece el dilema: aplicar las reglas tradicionales y aceptar la impunidad, o forzarlas y asumir el riesgo del precedente. EEUU en línea con su estrategia de seguridad nacional, optó por lo segundo, entendiendo que hay ciertas configuraciones de poder externo en el hemisferio que simplemente no son tolerables. Si ese curso de acción contribuye efectivamente a la estabilización regional, ello será coherente con los intereses estratégicos de Chile. El desafío real, sin embargo, no reside en el cambio de régimen, sino en la estabilización posterior del país.

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