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No hay problema en estructura de “Sociedades Cascada”

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La opinión pública, agentes de mercado y autoridades, se han equivocado radicalmente al centrar su atención en la estructura societaria de estas compañías, como si tal fuese un ilícito o una estructura perversa. La práctica internacional no reconoce la estructura en sí misma como indeseable sino sólo la falta de transparencia u opacidad en la entrega de información.

Los inversionistas que participaron de estas emisiones estaban informados de la estructura societaria que tenían las compañías, por lo que no se ve en ello infracción alguna a los deberes y prohibiciones que regulan el Mercado de Capitales. Merecen especial atención, administradores de fondos de terceros e intermediarios, quienes con visión de expertos hicieron sus inversiones a sabiendas y con conocimiento acabado, de la estructura de los emisores. Ninguno de ellos se encuentra hoy en posición de cuestionarlas como indeseadas.

El análisis debe alejarse de las estructuras de cascadas y centrarse en si existió uso de información privilegiada al interior del grupo, acciones tendientes a alterar los precios de mercado, información insuficiente o inequitativa, o, si los administradores de las compañías actuaron conforme a sus deberes de lealtad -que llamamos fiduciarios- para la compañía, buscando el mejor interés para la sociedad que administran y no su conveniencia.

Existe una tendencia alarmista en el mercado chileno que lleva a sus actores a requerir mayor regulación cada vez que se produce algún ruido. Para el bien de la sociedad, esa no es la actitud que hay que asumir. Los agentes deben ejercer sus derechos en forma enérgica y requerir de autoridades y tribunales, la correcta aplicación del derecho, que incluso puede resultar en sanciones penales relevantes para quien fuese responsable.

Conocemos la existencia de la razón económica que permite invitar a una mejor rentabilidad en la medida que asumamos mayor riesgo. Pretender controlarlo es nocivo para nuestra sociedad. Eso es lo que nos mantiene con un sistema de capital de riesgos pobrísimo, emprendimientos sin recursos y medios que parecen impracticables en nuestro sistema (crowfunding).

El acento debe centrarse en proteger la simetría de la información entregada, evitar el uso de información privilegiada y maniobras de mercado, y en el cumplimiento de los deberes de fidelidad, de modo de evitar la transferencia indebida de riqueza.

Nuestra legislación cuenta con todos los recursos para hacer valer los derechos de los stakeholders en relación con el caso SQM y su grupo de empresas. No necesitamos más regulaciones. Sólo tenemos que poner el esfuerzo en que las instituciones operen adecuadamente y, de existir alguna infracción, finalmente se apliquen las sanciones pertinentes, lo que dependerá de los tribunales de justicia.

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