Este jueves ingresó al Juzgado del Trabajo de Valparaíso la denuncia de tutela de derechos fundamentales interpuesta por una extrabajadora de ENAP contra la compañía. Se trata de la ex jefa del departamento legal de la Refinería Aconcagua, Lyllian Valdenegro, quien fue desvinculada en el marco del proceso de investigación por la presunta manipulación de datos informados a la SMA respecto del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), bajo la causal de despido del desahucio.
Señal DF accedió a la demanda en que Valdenegro pide una indemnización de casi $ 90 millones por vulneración de su derecho a la honra y libertad de trabajo, una indemnización sustitutiva del mes de aviso equivalente a otros $ 12 millones, una indemnización por daño moral que asciende a $ 60 millones, la restitución de su seguro de cesantía por $ 9,5 millones, y la nulidad del despido, entre otras cosas.
La denunciante alega que ENAP no respetó la garantía de indemnidad y que su despido se produjo como consecuencia de las advertencias que ella hizo a nivel interno cuando se detectaron errores en el manejo de los datos ambientales, los que fueron advertidos, según sus pruebas, en enero de 2025.
Para sustentar dicho punto, la denunciante presentó una serie de pruebas entre las que se incluyen cadenas de correos electrónicos donde se trata el tema, exposiciones internas de la compañía donde se abordaba la línea de tiempo del PPDA en la Refinería Aconcagua y pantallazos de WhatsApp entre ella y una jefatura, en los que ella advierte de inconsistencias en los datos ambientales y recomienda corregir ante la Superintendencia de Medioambiente, pues “hace años” se venía reportando erróneamente, y aconseja no seguir informando “a sabiendas información que ya se conoce que no es”.
Además, Valdenegro sostiene que la forma en cómo ENAP informó los despidos a la opinión pública generaron una conexión directa entre su actuar y la desvinculación que no corresponde a los hechos, toda vez que ella argumenta no tener responsabilidad en la cadena de mando involucrada; además de menoscabar su nombre y dificultar la posibilidad de reintegrarse en el mundo laboral. Para sustentarlo, expone como prueba una serie de publicaciones de prensa donde se reproducen los comunicados de la empresa a fin de dar cuenta del encuadre que adquirió el caso y cómo eso repercutió en su integridad psíquica y su reputación; así como documentos que acreditan que su calidad contractual no correspondía a la de un gerente, por lo que la causal de desahucio no aplicaría.
Consultada, ENAP aclaró que aún no son notificados de la demanda y explicó que entre la versión oficial -que el directorio supo en enero de 2026- y los hechos expuestos no existe una discrepancia y detalló que “la denuncia que Enap ha hecho ante la autoridad ambiental y el Ministerio Público sostiene que algunos trabajadores/as pudieron haber conocido el manejo inadecuado de información sin escalarlo oportunamente a sus jefaturas superiores ni a través de los órganos de control interno como el Canal de Denuncia, contraviniendo sus deberes corporativos y laborales”.
Además de esta acción, otro trabajador que salió en junio habría interpuesto una medida de exhibición de documentos, que busca que la empresa facilite el acceso a documentación y elementos indispensables para la elaboración de su demanda; y al menos otros dos están evaluando cómo proceder, aunque el plazo está en contra. Tras la firma del finiquito, son 60 días para recurrir a Tribunales.