Aunque con una enmienda de la oposición, finalmente consejeros reconocen en la propuesta constitucional efectos del cambio climático
Por otra parte se aprobó por amplio margen el cambio del término de “sustentabilidad” por el original de “sostenibilidad” en el artículo 201.
Por: Claudia Rivas
Publicado: Miércoles 4 de octubre de 2023 a las 16:34 hrs.
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Finalmente llegó el último día de votaciones de las enmiendas que los consejeros introdujeron al anteproyecto de la Comisión Experta. Y los incumbentes se trenzaron en un fuerte debate –como se ha hecho costumbre en esta instancia- a raíz de que el polémico artículo 206 fue rechazado en la Comisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, pese a que según explicó este miércoles el presidente de esa instancia, German Becker (RN), en su informe, ello se habría debido a una mera “descoordinación” y no a razones de fondo o al desconocimiento de la importancia del cambio climático.
En el marco de la votación se ratificó, esta vez casi por unanimidad, la propuesta de la comisión al artículo 201, donde reemplaza el concepto de “sostenibilidad” por el de “sustentabilidad”.
“Cambiamos la palabra “sostenibilidad” por “sustentabilidad”, básicamente, para hacer coherencia con la Ley 19.300 de Medio Ambiente que habla de sustentabilidad y entiendo que el derecho al medioambiente sano también habla de sustentabilidad en esta Constitución”, explicó Becker.
Esta controversia fue superada y visada con 48 votos a favor y dos abstenciones, estas últimas correspondieron a los consejeros de Revolución Democrática (RD) Kinturay Melín y Julio Ñanco. Por lo que el citado artículo, tras su aprobación, establece que “la protección del medio ambiente, la sustentabilidad y el desarrollo están orientados al pleno ejercicio de los derechos de las personas, así como al cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones”.
Respecto al artículo 206 cuyo rechazo en la comisión se enrostraban unos y otros en la sesión de este miércoles, finalmente también fue resuelto ya que se aprobó junto con una enmienda de la oposición. De manera tal que el artículo original del anteproyecto, que establecía que “el Estado implementará medidas de mitigación y adaptación, de manera oportuna y justa, ante los efectos del cambio climático. Asimismo, promoverá la cooperación internacional para la consecución de estos objetivos”; quedó definitivamente como sigue: “El Estado implementará medidas de mitigación y adaptación, de manera oportuna, racional y justa, ante los efectos del cambio climático. Asimismo, promoverá la cooperación internacional para la consecución de estos objetivos”.
Promoción de matriz energética
Aunque no se aprobó ninguna de las enmiendas renovadas del oficialismo, algunas de las cuales se asemejaban peligrosamente a las propuestas que en su minuto hiciera la fenecida Convención, según acusó la comisionada Natalia González (patrocinada por la UDI); la oposición sí sacó adelante sus propuestas en esta materia, en algunos escasos momentos apoyada por Unidad para Chile.
Como en el caso del artículo 204, que se aprobó por unanimidad (50 votos a favor) y que establece que “es deber del Estado la promoción de una matriz energética compatible con la protección del medio ambiente, la sustentabilidad y el desarrollo, así como de la gestión de los residuos, de conformidad a la ley”.
A diferencia del texto del anteproyecto que sostiene que “el Estado debe fomentar el desarrollo sostenible, armónico y solidario del territorio nacional, instando a la colaboración privada en dicha tarea”.
Además, la oposición ratificó prácticamente con sus propios votos -34 a favor y 16 en contra- su propuesta de artículo 202 que establece que “es deber del Estado y las personas proteger el medio ambiente y promover la sustentabilidad.
La protección del medio ambiente comprende la conservación del patrimonio ambiental y la preservación de la naturaleza y su biodiversidad, de conformidad a la ley.
La sustentabilidad supone que el desarrollo económico requiere el mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las personas, fundado en medidas apropiadas de conservación y protección del medio ambiente, de manera de no comprometer las expectativas de las generaciones futuras.
En estas tareas el Estado promoverá la colaboración público-privada”.
A la aprobación del inciso tercero de este artículo aportó con su voto el vicepresidente del consejo (Indep. PS) y a la del inciso cuarto del mismo, lo hizo José González (indep. RD).
La propuesta del anteproyecto del artículo 202 sostenía que “las personas, las comunidades y el Estado deben proteger el medio ambiente. Este deber comprende la conservación, preservación, restauración y regeneración de las funciones y equilibrios de la naturaleza y su biodiversidad, según corresponda, de conformidad a la ley”.
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