Congreso despacha ley que prohíbe entrega de bolsas plásticas en el comercio
Normativa original restringía el uso de bolsas sólo para el territorio de la Patagonia Chilena, pero en el Senado el Ejecutivo amplió la prohibición para todo el territorio nacional.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Miércoles 30 de mayo de 2018 a las 17:39 hrs.
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Chile se constituirá en el primer país de Latinoamérica en establecer una prohibición nacional para la entrega de cualquier tipo de bolsa plástica en el comercio. Con esta afirmación, la Ministra del Medioambiente, Marcela Cubillos, graficó la importancia del proyecto aprobado hoy por la Cámara de Diputados y despachado al Ejecutivo para su promulgación como Ley, previo control de legalidad ante el Tribunal Constitucional.
Se trata de la primera ley aprobada durante el presente gobierno, el cual patrocinó la normativa. Cabe recordar que la propuesta original, iniciada en moción, restringía el uso de bolsas sólo para el territorio de la Patagonia Chilena, en tanto que el texto ratificado por el Senado, bajo el patrocinio del Ejecutivo, amplió la prohibición para todo el territorio nacional, incorporando incluso las llamadas bolsas biodegradables, así como materias de fiscalización y de sanción para los infractores.
La ministra Cubillos aclaró que fueron incluidas las bolsas biodegradables porque hoy se carece de la certificación necesaria que acredite su efectividad y porque el objetivo final de la Ley es la disminución de residuos plásticos en Chile y en el mundo.
La futura ley define la prohibición propiamente tal para los establecimientos de comercio, excluyéndose en este ámbito las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.
La iniciativa encarga la fiscalización a las municipalidades, que podrán impartir multas para su propio beneficio de hasta 5 UTM por cada bolsa plástica de comercio entregada. Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente.
Con el objeto de definir una adaptación al nuevo marco normativo, se establece que las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia en el plazo de seis meses, contado desde su publicación en el Diario Oficial, salvo respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, cuyo plazo se extenderá a dos años.
En el tiempo que medie entre la publicación de la ley y los plazos recién mencionados, los establecimientos de comercio podrán entregar un máximo de dos bolsas plásticas de comercio a los consumidores, por cada compra que realicen.
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