El SII pone foco en las operaciones con familiares y en seguros de vida para evitar la elusión
Guía referencial suma 14 posibles situaciones en los que el organismo podría iniciar una fiscalización al alero de la Norma Anti Elusiva.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Viernes 24 de noviembre de 2017 a las 04:00 hrs.
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Hasta 2014 el hecho de que un contribuyente buscará “ahorrarse” el pago de algún impuesto no tenía consecuencias. Luego de la reforma tributaria de ese año, el escenario cambió. Se dictó la Norma General Anti Elusión, que permita identificar conductas cuyo único fin sea reducir las obligaciones tributarias.
La normativa -vigente desde el 1 de octubre de 2015- establece que, de todas maneras, se le reconocerá a la persona el derecho a establecer la mejor manera para cumplir sus obligaciones tributarias.
El 30 de noviembre de 2016, el organismo publicó el Catálogo de Actos Elusivos, guía referencial en la que identifica 12 casos o situaciones para orientar a los contribuyentes acerca de las planificaciones que evaluará si buscan generar ventajas tributarias artificiales y desproporcionadas. Bajo este mecanismo, el SII podría objetar o fiscalizar dichas operaciones.
Ahora, la entidad actualizó el documento e incorporó 14 casos nuevos que pueden ser catalogados como potencialmente elusivos.
También se establecieron dos circunstancias en que, en principio, el SII no identifica focos elusivos: el inicio de actividades como empresario individual y apertura de crédito con empresa relacionada a casa comercial.
El documento final contabiliza 28 situaciones. Entre las más relevantes, el SII pone la lupa en el eventual uso de seguros de vida con componente de muerte, mediante los cuales se pudiera evitar o disminuir el pago del impuesto a la herencia de parte de los beneficiarios.
Asimismo, hay un foco en las operaciones entre partes relacionadas, como transacciones en las que una sociedad genera pérdidas tributarias por la compraventa de acciones a una empresa relacionada en el extranjero a precios sobre el mercado, generando una pérdida tributaria que reduce su renta líquida imponible.
En este apartado, especial atención del SII tendrá el ingreso de miembros del grupo familiar en la sociedad matriz de un grupo.
El esquema analizado apunta a una situación en que un cambio de participación accionaria -mediante un aumento de capital- resulta en el ingreso de familiares a la matriz. Esta operación implica que los controladores se diluyen en favor de sus familiares y que su participación en la sociedad está avaluada en un monto superior al pagado por el aumento de capital, ya que los familiares pagan mutuos suscritos con entidades financieras para costear el aumento de capital con fondos provenientes de otras sociedades del mismo holding.
¿La tesis del SII? Esto generaría pérdidas tributarias en las empresas individuales que llevarían a reducir “indebidamente” su carga tributaria.
Facultad excepcional
La abogada jefa de la Oficina de Análisis de Elusión del organismo, Claudia Gajardo, explica que la idea de actualizar la guía se genera a partir de un foco “preventivo” más que “sancionatorio” de parte del SII.
“Actualizar el catálogo ayuda a que los contribuyentes sepan dónde está el foco del servicio y respecto a qué transacciones. El catálogo no es un esquema de planificaciones en las que nosotros digamos esta operación es elusiva, sino describe operaciones que presentan ciertos atributos que podríamos calificar de indiciarios de elusión”, asegura.
Recalca que los contribuyentes podrán realizar consultas tanto vinculantes como no vinculantes respecto de su situación y si le es aplicable la Norma Antielusiva.
“Nuestro llamado a los contribuyentes es a acercarse a nosotros en caso de que tengan dudas. La guía es una referencia de las situaciones que podrían ser fiscalizadas. Todo será caso a caso”, plantea.
Coincide con esta visión el subdirector de Fiscalización del SII, Víctor Villalón, quien llama a los contribuyentes a utilizar el artículo 26 bis del Código Tributario: “La norma antielusiva tiene una aplicación excepcional y no tiene un fin recaudatorio. Lo idóneo para obtener certeza jurídica es recurrir a la consulta previa”, asegura.
Las nuevas situaciones que podrían ser analizadas
SEGUROS DE VIDA Disminuir o evitar el impuesto a la herencia en el pago de seguros con componente de muerte.
COMPRAVENTA DE ACCIONES Generar una pérdida tributaria que rebaja la renta líquida imponible al vender acciones a relacionadas por sobre el valor de mercado. DEPÓSITOS Reducir el pago de intereses por créditos en el exterior con relacionados, que pagan impuesto adicional de 35%.
TRASLADO DE OBLIGACIONES Evitar el pago del IVA al traspasar obligaciones entre empresas en el extranjero y filiales en Chile.
CUENTAS POR COBRAR No pago de Global Complementario por retiro de utilidades por operaciones simuladas entre sociedad y accionista imputables a cuentas por cobrar.
PRÉSTAMOS No pago de Global Complementario por préstamos a SA abierta en Chile de parte de accionista en el extranjero.
COMPRAVENTA DE INMUEBLES Evitar el IVA como vendedor al adquirir y traspasar después de un año derechos de una sociedad dueña de una promesa de compraventa. REORGANIZACIÓN EMPRESARIAL Evitar pago del IVA al reorganizar una empresa, fusionarla y evitar venta de bienes del activo fijo del contribuyente.
SOCIEDAD INSTRUMENTAL Menor pago de Primera Categoría, Global Complementario y Adicional por disolución de sociedad que entrega cuentas por cobrar a sus socios.
FAMILIAS EN MATRICES Rebajar carga tributaria de socios al diluirse en un aumento de capital con el ingreso de familiares a la sociedad, pagada con recursos del mismo grupo.
CONTRATO DE ASOCIACIÓN No pagar IVA al aportar bienes inmuebles a una asociación para actividad comercial.
ENAJENAR DERECHOS Evitar pago del IVA en contratos de arriendo con promesa de compraventa firmados por un vendedor.
ADMINISTRACIÓN DE CARTERA No reconocer rentas de fuente extranjera al celebrar contrato entre relacionados en el extranjero.
CAMBIO DE DOMICILIO EN EL EXTERIOR Aprovechar crédito del 100% contra Impuesto Adicional cuando sociedad extranjera propietaria de una chilena se redomicilia en un Estado con tratado de doble tributación con Chile.
Contratos de compraventa y dividendos en la mira
Al margen de los casos de seguros de vida y la incorporación de familiares a matrices, el SII pone el foco en el retiro de utilidades mediante el pago de cuentas por cobrar. Según el esquema analizado, los accionistas realizan un retiro de utilidades desde sociedades productivas mediante la imputación a cuentas por cobrar entre la sociedad y los socios, originadas en operaciones simuladas. Con esto, se buscaría evitar el pago del Impuesto Global Complementario sobre las utilidades.
En la misma línea, el SII fiscalizará situaciones como el uso de sociedades anónimas abiertas domiciliadas en Chile para evitar el pago de Global Complementario, mediante el préstamo otorgado a un accionista en el extranjero. El servicio también mirará con atención esquemas relacionados con la compra y venta de inmuebles. En un primer caso, se analiza el no pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) gracias a la adquisición de acciones de una sociedad dueña de una promesa de compraventa sobre un bien inmueble, el cual es vendido al cabo de un año para evitar ser calificado como vendedor. Adicionalmente, el SII identifica una posible elusión cuando se firman contratos de asociación con un partícipe aportando bienes inmuebles para evitar la cesión de los mismos y no estar afecto al IVA.
Otra situación a la que pone atención el SII es el uso de sociedades "instrumentales" para que los socios se adjudiquen cuentas por cobrar de una sociedad dividida, que corresponden a créditos contra compañías relacionadas o controladas por ellos mismos. Así, se reduce el pago de Primera Categoría, Global Complementario y tributo adicional.
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