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Publicado: Jueves 25 de octubre de 2018 a las 04:00 hrs.
Es un tributo que aplica a cuatro tipos de fuentes de energia. Se cobran en Unidades Tributarias Mensuales (UTM, cuyo valor a octubre es de $ 48.016) y gravan su contenido medido en metros cúbicos (m3).
El componente base del gravamen se desglosa de la siguiente manera:
- Gasolina automotriz : 6,0 UTM por m3
- Petróleo diesel : 1,5 UTM por m3
- Gas natural comprimido : 1,93 UTM por 1.000 m3
- Gas licuado de petróleo : 1,40 UTM por m3
A esta base se le podrán descontar o sumar créditos o impuestos fiscales según lo determinado en el artículo 3° de la Ley N° 20.493.
Adicionalmente, dichas fuentes de energía están afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), con una tasa del 19%.
El incremento en el precio de los combustibles, que llevan más de 10 semanas de incrementos, ha puesto en el debate modificaciones al impuesto específico, como la posibilidad de igualar o reducir la brecha entre el gravamen a la gasolina y al diésel. Hacienda se encuentra analizando cambios en esta materia o al Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles (Mepco).
La empresa reaccionó al crítico dictamen de la Dirección del Trabajo, el cual señaló que la exigencia de certificados "constituye una vulneración a la garantía del derecho a la no discriminación".
La spin off universitaria destinará los recursos para modernizar su solución de planificación avanzada para la cadena de suministros de comercios y manufactura e iniciar operaciones en el nuevo mercado.