¿Qué es el impuesto específico a los combustibles?
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Es un tributo que aplica a cuatro tipos de fuentes de energia. Se cobran en Unidades Tributarias Mensuales (UTM, cuyo valor a octubre es de $ 48.016) y gravan su contenido medido en metros cúbicos (m3).
El componente base del gravamen se desglosa de la siguiente manera:
- Gasolina automotriz : 6,0 UTM por m3
- Petróleo diesel : 1,5 UTM por m3
- Gas natural comprimido : 1,93 UTM por 1.000 m3
- Gas licuado de petróleo : 1,40 UTM por m3
A esta base se le podrán descontar o sumar créditos o impuestos fiscales según lo determinado en el artículo 3° de la Ley N° 20.493.
Adicionalmente, dichas fuentes de energía están afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), con una tasa del 19%.
El incremento en el precio de los combustibles, que llevan más de 10 semanas de incrementos, ha puesto en el debate modificaciones al impuesto específico, como la posibilidad de igualar o reducir la brecha entre el gravamen a la gasolina y al diésel. Hacienda se encuentra analizando cambios en esta materia o al Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles (Mepco).