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SII se defiende de dictamen de Contraloría: acciones penales por delitos tributarios “son debidamente razonadas”

El ente recaudador reiteró que todas las decisiones que adopta "se basan en un exhaustivo y detallado análisis técnico de los antecedentes disponibles".

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Lunes 24 de abril de 2017 a las 18:21 hrs.
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Una férrea defensa a su decisión de no interponer querellas en los casos de financiamiento irregular a la política hizo esta tarde el Servicio de Impuestos Internos (SII), en respuesta al dictamen emitido esta mañana por la Contraloría General de la República, en el que critican duramente la ausencia de acciones judiciales. 

En un comunicado, el organismo parte sus planteamientos asegurando que sus decisiones en causas por ilícitos tributarios están fundamentadas "en informes técnicos y criterios objetivos", razón por la que precisan en los últimos dos años desarrollaron 225 procesos de Recopilación de Antecedentes, 109 de los cuales corresponden a expedientes de causas por ilícitos tributarios vinculados al financiamiento irregular de la política. 

En primer lugar, el Servicio deja en claro que, "contrariamente a lo que ha sido interpretado por algunos medios", dicho dictamen (N°14.000) no se relaciona con las últimas decisiones aprobadas, sino con la oportunidad del ejercicio de las facultades que el ordenamiento jurídico le confiere en materia penal, para que las acciones destinadas a su persecución y sanción no se extingan por prescripción.

Como segundo fundamento, destacan que la Contraloría General de la República en su escrito "fortalece la independencia del SII", reconociendo que la presentación de querellas nominativas se enmarca dentro de la estrategia judicial que adopta el Servicio en los procesos penales en que interviene, para lograr los objetivos que corresponden a su misión institucional.

En ese sentido, el ente recaudador reiteró que todas las decisiones que adopta en materia de la aplicación y fiscalización de las disposiciones tributarias, incluyendo el ejercicio de acciones penales por delitos tributarios, "se basan en un exhaustivo y detallado análisis técnico de los antecedentes disponibles, considerando criterios históricos fijados por la institución y conocidos públicamente", lo que garantiza la objetividad y equidad en el trato a los contribuyentes, en absoluta concordancia con lo expresado por la Contraloría General de la República en el citado documento.

Específicamente mencionan, en el ámbito de las acciones penales por delitos tributarios, "éstas son debidamente razonadas", dado que se fundamentan en procesos de Recopilación de Antecedentes que efectúa el Departamento de Delitos Tributarios (DIDET) y en un Informe Legal sobre las potencialidades criminales del caso elaborado por el Departamento de Defensa Penal, y teniendo en cuenta que se materializan dentro de los plazos de prescripción que establece el Código Tributario en esta materia.

Respecto a lo dispuesto por Contraloría en su requerimiento de investigar a través de un procedimiento disciplinario las razones que explicarían la "demora en el ejercicio de la acción penal" en al caso de don Carlos Ominami Pascual, el SII aseguró que "obviamente" cumplirá con adoptar las medidas correspondientes para determinar si existieron responsabilidades administrativas en la materia.

"Cabe recordar que en esta causa el SII presentó ante el Tribunal de Garantía dos querellas en contra del contribuyente por 3 delitos tributarios diferentes, previstos y sancionados en el artículo 97 N°4, incisos primero, segundo y final del Código Tributario", subrayaron.

"La prescripción decretada por los tribunales, sólo afectó al primero de estos delitos, que fue el único por el cual se solicitó formalizar al contribuyente por parte del Ministerio Público", concluyeron.

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