Informe apunta a que solo el 23% de los hogares se beneficiaría de la deducción de gasto por arriendos de la reforma tributaria
Análisis del OCEC de la UDP aterriza, en base a datos de la Casen, la proporción de viviendas que son arrendadas y que podrían acceder a la medida, que contempla deducir de la base imponible hasta $ 450 mil al mes por gasto en arriendo.
Por: Sebastián Valdenegro / Gráfica: María C. Arvelo
Publicado: Martes 19 de julio de 2022 a las 11:43 hrs.
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La reforma tributaria, ingresada a trámite por el gobierno a la Cámara el 7 de julio, no solo implica aumentos de impuestos, sino también beneficios impositivos con foco en la clase media.
Uno de los que mayor interés ha despertado es la deducción del gasto por conceptos de arriendo.
La propuesta del Ejecutivo plantea que las personas podrán deducir de su base de impuestos anuales el gasto realizado en el pago de arriendo, con un tope de hasta $ 450 mil mensuales (8 UTA). Esto significa que una persona que gasta $ 1 millón al mes en este ítem, podrá deducir $ 450 mil de ese gasto para reducir su base imponible. Esto podría llevar a que personas hoy afectas a los tramos bajos de impuesto a la renta queden exentos.
Un informe del Observatorio del Contexto Económico (OCEC) de la U. Diego Portales aterriza el universo de beneficiarios de este ítem y si efectivamente llegará a la clase media.

En base a datos de la Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (Casen) 2020, los investigadores José Acuña y Cristóbal Gamboni muestran que un 23,1% de los hogares se beneficiarían de la medida, al ser arrendatarios de su lugar para vivir. De este universo, un 45,1% pertenece al segmento de clase media. En contraste, los hogares con vivienda propia en proceso de pagarse representan el 13,1% del total, pero de esa proporción un 70% son de clase media.
“Es decir, se observa una mayor presencia de la clase media en los hogares con vivienda propia aún pagándose, que en los arriendos formales”, exponen los economistas.
El trabajo toma como base la definición de clase media utilizada por el Banco Mundial para el caso de Chile, según una noción de seguridad económica frente a riesgos y siniestros. Bajo este parámetro, 11,1 millones de personas pertenecen a este segmento, un 57,4% de la población. Expresado en hogares, son 3,9 millones de viviendas, un 60,7% del total.
“Aunque este beneficio es descontable por cualquier persona que arriende y pague impuesto, dado el tope establecido, se esperaría que los principales beneficiarios correspondan a la clase media. Sin embargo, la situación de arriendos en el país es heterogénea, con distintos tipos de situaciones, y donde muchas veces las familias complementan rentas para poder ser considerados como sujetos de arrendamiento”, señalan los investigadores.

Renta exigida
La investigación establece una serie de supuestos para cuantificar la proporción de individuos que se beneficiarían de la deducción.
Así, asumiendo que se exige un ingreso para el hogar de cuatro veces el valor del arriendo para un inmueble de $ 300 mil al mes, solo el 16,3% de los hogares que cuenta con una sola persona que recibe ingresos podría acceder a un arriendo de este valor, proporción que aumentaría a 40,2% para los hogares que tienen dos personas con ingresos.
Manteniendo este supuesto, para un inmueble con un arriendo mensual de $ 300 mil, en promedio los hogares con un perceptor de ingresos poseen rentas por $ 2.163.774 al mes, mientras que para el caso de un hogar con más receptores de ingresos, el principal en promedio recibe $ 1.596.116.
“Esto implica que, vis-a-vis, el monto del beneficio tributario es mayor para los hogares donde hay un solo perceptor, en comparación a un hogar donde hay dos perceptores que deben complementar renta para acceder al arrendamiento del inmueble. Las conclusiones se mantienen si el supuesto de relación de ingresos del hogar a precio del arriendo se modifica a 3:1”, señalan Acuña y Gamboni.
Por rango etario, los hogares con un solo perceptor de ingresos pertenecen mayoritariamente a personas entre 30 y 45 años 46,8%, proporción que sube a 48,2% en el caso de los domicilios con dos receptores de rentas.
En sus conclusiones, Acuña y Gamboni advierten que el hecho de que solo el 23,1% de los hogares sean arrendados en el país “limita” el universo potencial de beneficiarios, por lo que ven un “espacio de mejora” en el diseño de la exención, “tomando en cuenta además que los hogares proporcionalmente menos beneficiados son los que tienen una mayor presencia de menores de edad dentro de sus familias”.
“Como ayuda a la clase media, este beneficio está dejando fuera a un importante grupo de familias clase media y que también se esfuerzan por pagar su vivienda mes a mes”, señalan.
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