Contraloría desestimó una denuncia en contra del director del Trabajo por la Ley Karin
Esto a raíz de la acusación que presentó una dirigenta del servicio contra Pablo Zenteno. En su resolución, el órgano contralor señaló que en los antecedentes analizados no se aprecia la existencia de hechos constitutivos de acoso laboral ni de violencia en el trabajo.
Por: Carolina León
Publicado: Martes 8 de abril de 2025 a las 19:20 hrs.
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Tras más de cuatro meses, la Contraloría General de la República se pronunció respecto de la denuncia por Ley Karin que ingresó una dirigenta de la Asociación Nacional de Trabajadoras/es María Ester Feres Nazarala de la Dirección del Trabajo (Antramef) en contra del director, Pablo Zenteno. Y, finalmente, el órgano contralor terminó respaldando al jefe del servicio.
A inicios de diciembre, el servicio liderado por Zenteno quedó en el ojo del huracán luego de que se conociera que diversos funcionarios de la institución fueron notificados de que sus contratos laborales -bajo régimen de contrata- no serían renovados. La decisión enfrentó al director del servicio con las asociaciones de funcionarios de la DT.
En medio de dicha polémica, hubo una reunión entre Zenteno y las tres asociaciones del servicio, entre ellas Antramef, situación en la cual los ánimos se tensaron y habría ocurrido un tenso intercambio de opiniones, particularmente entre el director y una dirigente de la agrupación. Tras dicha cita, una dirigenta acusó a Zenteno de gritarle en la reunión, lo que derivó en la presentación de una denuncia en su contra.
Pronunciamiento de Contraloría
En su resolución, la Contraloría señaló que en los antecedentes analizados no se aprecia la existencia de hechos constitutivos de acoso laboral ni de violencia en el trabajo.
Así, el texto agrega que los dichos que se atribuyen a Zenteno tuvieron lugar en un contexto de reivindicaciones de carácter gremial, relacionadas con la comunicación a dichas asociaciones funcionarias de la decisión de las autoridades del servicio de no renovar el vínculo contractual de ciertos funcionarios, "instancia en la que la tensión y la discusión se advierten como elementos propios de la misma, sin que por ello en la decisión del denunciado de poner término abrupto a la citada reunión, ni en las expresiones que se le cuestionan, se aprecie agresión, hostigamiento, humillación o menoscabo hacia la reclamante, por lo que no reviste la entidad de acoso laboral".
En el texto, la Contraloría expone que, entre los varios antecedentes analizados, también se consideró un comunicado de fecha 6 de diciembre de 2024, emanado por otra organización de funcionarios, en la cual se dio cuenta de que la denuncia en cuestión "tendría el carácter de falsa, puesto que habría sido la propia denunciante quien en forma destemplada y a gritos no habría dejado exponer al Director del Trabajo, no dejándole a este otra alternativa que dar por terminada la reunión ya referida".
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